sábado 19 de septiembre de 2026
Del abogado González Freire

Cuestionamientos al DNU y a la Ley Ómnibus

El abogado especialista en responsabilidad civil Juan F. González Freire realizó un análisis del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) y el proyecto de ley de “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” (Ley Ómnibus) emitidos por el Gobierno nacional. En este sentido, el letrado advirtió de varias falencias encontradas en los instrumentos que fueron firmados por el presidente Javier Milei. En este sentido, no dudó en afirmar que “hay algunas cosas que son inadmisibles”. González Freire explicó que su postura no surge desde una cuestión política sino simplemente desde su conocimiento jurídico.

“No solo hay un debate legislativo, sino también un debate jurídico porque hay puja entre abogados constitucionalistas con relación al DNU, ya que algunos consideran que es constitucional y otros que no”, dijo el especialista en diálogo con El Ancasti. “De por sí, los DNU que están contemplados en la Constitución habilitan al presidente a que se arrogue facultades legislativas únicamente cuando se presentan dos excepciones: primero, se pueden dictar estos DNU siempre y cuando existan razones de verdadera urgencia, como puede ser una catástrofe natural o pandemia. Segundo, se pueden dictar estos DNU en el caso de que el Congreso se vea impedido de poder funcionar normalmente”, detalló.

González Freire fue categórico al señalar que en el caso particular del DNU firmado por Javier Milei, éste “no entra en los supuestos contemplados por la Constitución”. Además de que sumó otra “cuestión importante”, que es que posteriormente al dictado del DNU se dictó el proyecto de la Ley Ómnibus.

“Con este proyecto de ley se le da paso al Congreso mediante sesiones extraordinarias. Ahora bien, teniendo en cuenta el actual planteo del Ejecutivo ante los amparos que han frenado el DNU, le dice a la Justicia que no se involucre porque son cuestiones políticas no justiciables. En concreto está diciendo que al DNU lo va a tratar el Congreso. Entonces, si lo va a tratar el Congreso al instrumento por qué no lo hicieron mediante un proyecto de ley y no por un DNU”, consideró.

Añadió que de parte de la “biblioteca” que dice que el DNU es constitucional, “se cuestiona la discrecionalidad del presidente en ver dónde está la necesidad y la urgencia”.

“No se puede admitir un decreto de esta naturaleza porque en materia de decreto existen prohibiciones. Por más que exista una emergencia, no puede dictar un DNU en lo que hace a materia penal, fiscal, de partidos políticos y cuestiones electorales. Sin embargo, en el DNU se involucran estos temas y también involucra al Código Civil de la Nación”, resaltó.

En este marco, afirmó que, como especialista en el tema, encuentra muchas falencias que son inadmisibles. “Modificar cuestiones jurídicas que fueron contempladas en los últimos años y borrarlas de un plumazo es realmente chocante”, dijo y añadió: “Cuando se sancionó el Código Civil y Comercial en el 2015, se lo hizo mediante 15 audiencias públicas con la participación de más de 100 juristas. Si bien el Código actual es mejor que el anterior aún se encuentra con muchas falencias, pero eso no significa que el cambio que quiere hacer el Ejecutivo sea totalmente beneficioso”.

Por otra parte, analizó el trabajo que tiene que llevar adelante el Congreso analizando el DNU y el proyecto de ley. “El DNU trata sobre 300 normas y el proyecto de ley abarca cerca de 600. El Congreso no va a dar abasto para tratar todo en un periodo de sesiones extraordinario. Son cerca de mil leyes que tendrá que analizar de manera precipitada, cuando desarrollar un código nuevo demora años”, resaltó.

Finalmente, consideró que si tanto el DNU como la Ley Ómnibus son aprobadas por el Congreso, podría haber un sinnúmero de presentaciones judiciales declarando inconstitucional varios artículos de las normas. “La Justicia es siempre la que tiene la última palabra. Hay normas que forman parte de Códigos de fondo que la Justicia los declaró inconstitucionales, por lo que si el Congreso apoya el DNU y la Ley, se pueden presentar amparos porque afectan algún derecho que no tengo la menor duda de que la Justicia lo puede declarar inconstitucional”, sostuvo.

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