Mantiene la libertad hasta que la sentencia quede firme
Condenado por abuso sexual busca revocar la sentencia en la Corte
En agosto, un jurado popular lo halló culpable y en audiencia de cesura de pena se le fijó una condena de 12 años.
Un jurado popular declaró culpable a un hombre en un delito contra la integridad sexual. En audiencia de cesura de pena, el juez director Fernando Esteban lo condenó a 12 años de prisión. No obstante, el condenado mantiene la libertad hasta que la sentencia quede firme. Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que la defensa, a cargo de los abogados del foro local Víctor García y Matías Ocampos presentaron un recurso de casación en la Corte de Justicia.
Este juicio por jurados, se llevó a cabo en agosto último, en la sala de debates de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial. Por unanimidad, un jurado integrado por 12 vecinos de la Capital, halló al acusado culpable el delito de “abuso sexual con acceso carnal continuado, calificado por el vínculo, en concurso ideal con corrupción de menores”. En audiencia de cesura de pena, el fiscal de Cámara Alejandro Dalla Lasta Baroni solicitó una pena de 14 años de prisión. A su turno, la asesora de menores, Sandra López Gardel adhirió a lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal y también pidió medidas de protección para la víctima, a los fines de garantizar y restablecer sus derechos. En tanto que la querella particular peticionó una pena de 18 años. Finalmente, la defensa solicitó la aplicación del mínimo legal previsto para el delito atribuido.
Luego de escuchar los alegatos, el juez director Fernando Esteban impuso una condena de 12 años. No obstante, hasta tanto la sentencia quede firme, el penado se encuentra en libertad. Los ministros de la Sala Penal de la Corte de Justicia Fernanda Rosales Andreotti, Hernán Martel y Verónica Saldaño deberán resolver el recurso planteo.
Nuevo juicio popular
De acuerdo con la agenda de la OGA, ayer se dio inicio a un nuevo juicio por jurados por un delito contra la integridad sexual. De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, el acusado debe responder por dos hechos de “abuso sexual gravemente ultrajante, agravados por el daño en la salud y por la guarda”.
En la primera audiencia, declararon la víctima, una testigo y la psicóloga que realizó la Cámara Gesell. El acusado también declaró. Según su versión, es inocente de lo que se le acusa. Hoy, el juicio popular continúa con una nueva ronda de testigos. Luego, las partes expondrán sus alegatos de cierre y el jurado pasará a deliberar.
La camarista Daniela Barrionuevo es la jueza directora. El Ministerio Público Fiscal es representado por el fiscal de Cámara Alejandro Dalla Lasta Baroni, quien estará acompañado por la asesora de Menores Sandra López Gardel. La defensa estará representada por el abogado del foro local Orlando Barrientos.
Deber cívico
De acuerdo con la Ley Provincial 5719, serán competencia del sistema de juicios populares las causas cuyos imputados tengan en abstracto penas de 20 años de prisión o reclusión. Acusados por delitos sexuales agravados, homicidios (tentados y consumados) y los femicidios en particular podrán ser juzgados por un jurado popular. Según la normativa, los juicios por jurados se realizan en el lugar (o circunscripción) donde se cometió el hecho. El objetivo es que los vecinos sean los que juzguen, se indicó desde la OGA.
Los jurados seleccionados no pueden negarse porque es un deber cívico. Es decir, una carga pública como ir a votar. No obstante, solo podrán excusarse en situaciones muy particulares, como residir en el extranjero o si la persona tiene más de 70 años, entre otras cuestiones. De todos modos, las causales de excusación serán valoradas por el magistrado con criterio restrictivo. Será el juez o jueza quien hará lugar a la excusación.
En caso de que el jurado no asista, puede ser buscado por la Policía y sancionado con una multa. Si el día de la audiencia ocurre un imprevisto, el jurado debe avisar por cualquier medio (telefónico, correo electrónico o por una tercera persona) a la OGA que no podrá asistir. Las causas de inasistencia serán evaluadas. Luego, puede ser convocado nuevamente para participar como jurado.
Puertas adentro
El abuso sexual en la infancia (ASI) es una de las formas de violencia más devastadoras que pueden sufrir niños, niñas y adolescentes. Un dato crucial que los expertos siempre destacan es que la inmensa mayoría de estos abusos ocurren dentro del ámbito familiar. Los principales agresores suelen ser figuras cercanas como padres, abuelos, hermanos, tíos o primos.
Además de lastimar profundamente a las víctimas, el ASI destruye el núcleo familiar. En este contexto, el silencio se convierte en el peor enemigo.
El agresor ejerce un abuso de poder, utilizando la manipulación y las amenazas para generar un profundo sentimiento de culpa y vergüenza en la víctima. Esta dinámica hace que las víctimas tarden mucho tiempo, a veces años, en poder hablar sobre lo que les pasó.
La vulnerabilidad de los niños y adolescentes se ve agravada por su inocencia, ya que no logran comprender la gravedad de los actos que sufren, especialmente si el agresor es una persona en la que confían. El agresor se aprovecha de ese amor y confianza. Aunque las víctimas saben que algo anda mal, suelen reprimir los recuerdos y terminan por normalizar o tolerar esos actos degradantes, quedando atrapadas en un círculo vicioso de secretos y silencio familiar.
La Línea 102 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes funciona las 24 horas, los 365 días. A través de este servicio, se pueden realizar consultas y asesoramiento.