Condena de ocho años para abusador declarado culpable en juicio popular
Tras una deliberación de cuatro, el jurado popular por unanimidad declaró culpable a un acusado por delitos contra la integridad sexual. Luego de la lectura del veredicto, el juez director Miguel Lozano Gilyam continuó con la audiencia de cesura de pena. Finalmente, el acusado fue condenado a ocho años de prisión pero mantiene la libertad hasta que la sentencia quede firme.
Dada la índole del delito, este juicio por jurados se llevó a cabo a puertas cerradas, en la sala de debate de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial. El debate había comenzado el lunes último. Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que el acusado –quien llegó a debate en libertad-debía responder por “abuso sexual con acceso carnal continuado doblemente agravado por el vínculo y la situación de convivencia preexistente”.
De acuerdo con la investigación, los ultrajes sucedieron a mediados de 2019, de modo reiterado. La víctima, por entonces de nueve años, fue agredida por un integrante de su entorno familiar. El acusado habría aprovechado esta cercanía y la situación de vulnerabilidad que atravesaba la víctima.
El Ministerio Público estuvo representado por el fiscal de caso Jorge Palacios y el fiscal de Cámara Augusto Barros, ambos acompañados por la asesora de Menores Daniela Faerman Cano. La defensa estuvo a cargo del abogado del foro local Víctor García.
Durante dos jornadas, declararon varios testigos. Uno de los testimonios más relevantes fue el de un perito del Cuerpo Interdisciplinario Forense (CIF) del Poder Judicial, quien había realizado la entrevista pertinente a la víctima en Cámara Gesell. En la tercera y última audiencia, en la instancia de alegatos de cierre, el Ministerio Público mantuvo la acusación inicial. A posterior, el juez director impartió las indicaciones correspondientes al jurado.
Tras una deliberación de cuatro horas, los 12 integrantes del jurado popular llegaron a una decisión unánime. El acusado fue declarado culpable por el delito de “abuso sexual con acceso carnal continuado”. Es decir, los jurados quitaron los dos agravantes y lo declararon culpable por un delito menor.
Finalizada la lectura del veredicto, el juez director Lozano Gilyam agradeció al jurado por su predisposición para administrar Justicia y continuó con la audiencia de cesura de pena.
En esta instancia, el Ministerio Público Fiscal solicitó una pena de ocho años de prisión. La asesora Faerman Cano adhirió a lo solicitado por Fiscalía. A su turno, el defensor García morigeró el pedido de pena y solicitó seis años y seis meses de prisión. Finalmente, el magistrado fijó una condena de ocho años de prisión. A la vez, resolvió que el acusado mantenga la libertad hasta que la sentencia quede firme.
Una sombra en casa
El abuso sexual en la infancia (ASI) es una de las formas de violencia más devastadoras que pueden sufrir niños, niñas y adolescentes. Un dato crucial que los expertos siempre destacan es que la inmensa mayoría de estos abusos ocurren dentro del ámbito familiar. Los principales agresores suelen ser figuras cercanas como padres, abuelos, hermanos, tíos o primos.
Además de lastimar profundamente a las víctimas, el ASI destruye el núcleo familiar. En este contexto, el silencio se convierte en el peor enemigo. Los expertos advierten que la familia puede convertirse en un ambiente propicio para el maltrato y el abuso. Los agresores se aprovechan del miedo, la culpa y la manipulación para silenciar a sus víctimas y garantizar la impunidad de sus actos; a la vez, generan un profundo sentimiento de culpa y vergüenza en la víctima. Es por esto que algunos profesionales se refieren a la familia, en estos casos, como una verdadera "prisión".
Esta dinámica hace que las víctimas tarden mucho tiempo, a veces años, en poder hablar sobre lo que les pasó. Muchas víctimas de abuso intrafamiliar no reaccionan porque han llegado a normalizar estos ultrajes. Con el tiempo, este trauma se profundiza; se sienten cómplices, indefensos y humillados, temiendo además ser estigmatizados.
La vulnerabilidad de los niños y adolescentes se ve agravada por su inocencia, ya que no logran comprender la gravedad de los actos que sufren, especialmente si el agresor es una persona en la que confían. El agresor se aprovecha de ese amor y confianza. Aunque las víctimas saben que algo anda mal, suelen reprimir los recuerdos y terminan por normalizar o tolerar esos actos degradantes, quedando atrapadas en un círculo vicioso de secretos y silencio familiar. La impunidad se alimenta del silencio de las víctimas, que callan por un estado de vulnerabilidad absoluta, cohibidas por el miedo y la culpa. Este silencio, por lo general, no es por un solo hecho, sino por una serie de agresiones que se agravan con el tiempo.
¿Qué hacer?
Para poner freno al ASI, la denuncia es fundamental. Los delitos contra la integridad sexual de niños, niñas y adolescentes son de orden público, de acuerdo con una modificación de 2018 del artículo 78 del Código Penal Argentino. El Estado, a través de los fiscales, está obligado a llevar adelante las investigaciones correspondientes. Es decir, se elimina el requisito de la denuncia de los representantes legales del niño, niña o adolescente como condición para proceder.
Teléfono
La Línea 102 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes funciona las 24 horas, los 365 días. A través de este servicio gratuito, se pueden realizar consultas y asesoramiento. Ante la duda o certeza de un caso de ASI, la Línea 102 es un medio para canalizar denuncias. También funciona para responder consultas relacionadas con este tema.
Expediente
Culpable por un delito menor
El imputado llegó en libertad al juicio popular.
En un primer momento, se lo acusó por “abuso sexual con acceso carnal continuado doblemente agravado por el vínculo y la situación de convivencia preexistente”.
Luego de cuatro horas de deliberación, el jurado popular, por unanimidad, lo declaró culpable por “abuso sexual con acceso carnal continuado”, un delito menor.
Tras la lectura del veredicto, se llevó a cabo la audiencia de cesura de pena. El juez director Miguel Lozano Gilyam fijó una pena de ocho años de prisión.
A la vez, dispuso que mantiene la libertad hasta que la sentencia quede firme.