Comienza el estudio del pedido de jury contra Costilla y Maidana
El Tribunal de Enjuiciamiento debe definir si declara admisible o no el pedido de destitución presentado por el diputado Hugo Ávila.
El pedido de jury contra el fiscal de Instrucción nº5, Hugo Costilla, y el juez de Control de Garantías nº1, Héctor Maidana, por la polémica de las absoluciones pagas, vuelve a poner al Tribunal de Enjuiciamiento de magistrados y miembros del Ministerio Público en el centro de las miradas.
El órgano encargado de analizar la conducta de los miembros del Poder Judicial deberá definir si comienza el tratamiento del pedido del diputado provincia Hugo Ávila (Frente Amplio Catamarqueño) antes de fin de año o si directamente lo patea para después de la feria judicial que comienza la semana próxima y termina a finales de enero del año próximo.
Ávila, el primero en plantear críticas a la homologación del acuerdo que permitió el sobreseimiento total y definitivo de los cuatro hombres que estuvieron imputados por el asalto en Parque América, denunció a Costilla y a Maidana por mal desempeño en sus funciones e ignorancia inexcusable del derecho. Además, afirmó que con su accionar el juez y el fiscal habrían incurrido en el delito de prevaricato.
El planteo se presentó el lunes y activó todo el andamiaje interno para que el Tribunal se aboque al estudio de la denuncia. Los tiempos apremian teniendo en cuenta que solo le quedan tres días hábiles al año: hoy, mañana y el lunes.
En las próximas horas se conocerá que definición tomará el Tribunal en relación con el tema que colocó al Poder Judicial en el centro de las críticas.
Según la ley que regula los juicios contra miembros del Poder Judicial, el denunciante deberá ratificar la presentación 48 horas haberla realizado. Una vez cumplido ese trámite, el organismo debe comenzar a analizar el pedido de jury. Tiene un total de 10 días para hacerlo y determinar si es admisible o no.
De considerarlo admisible, se corre traslado al denunciado para que se defienda por escrito en un plazo de 10 días. A partir de ahí interviene el fiscal del jury que opina si corresponde iniciar el proceso. Con todos esos elementos, el Tribunal debe determinar si finalmente abre el juicio contra el acusado. Hasta que intervienen todas las partes del proceso y el Tribunal toma una decisión, el inicio del juicio puede demorar más de 30 días.
Para el periodo 2024-2025, el Tribunal de Enjuiciamiento quedó conformado de la siguiente forma: está encabezado por la actual presidenta de la Corte, María Fernanda Rosales Andreotti, e integrada por el senador Augusto César Ojeda, por los diputados Damián Rubén Brizuela (Mayoría) y Carlos Antonio Marsilli (Minoría) y por los abogados del foro local María Cecilia Martin y Federico Guillermo Pague.
El fiscal de Cámara, Augusto Barros quedó designado como fiscal titular ante el Jury y Florencia Laura González Pinto como defensora.
Tal como se informó, tanto en el caso de Costilla como en el de Maidana, el diputado Ávila fundamentó su pedido en que ambos miembros del Poder Judicial cometieron “mal desempeño en sus funciones, al no oponerse a la homologación del acuerdo económico improcedente en una causa de robo doblemente agravado, configurando una falta grave y posibles hechos con relevancia penal”.
También planteó que en ambos casos hubo una “ignorancia inexcusable del derecho, evidenciada en la resolución que extinguió la acción penal mediante un mecanismo inaplicable a delitos de tal gravedad”. El diputado explicó que con la homologación avalada por Costilla y Maidana “se permitió el sobreseimiento definitivo de los imputados, quienes mediante un acuerdo privado evitaron toda consecuencia penal por un delito que involucró violencia, privación ilegítima de la libertad, robo y amenazas”.
“Este fallo contradice principios esenciales del derecho penal y procesal, comprometiendo gravemente la seguridad pública y la confianza en el Poder Judicial. Los hechos que motivan esta denuncia constituyen un claro caso de mal desempeño de sus funciones, configurando además la posible comisión del delito de prevaricato", había dicho Ávila.