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Por improcedente

Caso Rasgido: el Tribunal rechazó el último planteo de la defensa

El defensor había planteado la nulidad absoluta contra los informes psicológicos realizados a la víctima.

21 de marzo de 2024 - 23:58

El debate contra el sacerdote Renato Rasgido, imputado por abuso sexual eclesiástico, avanza hacia la instancia de alegatos. El Tribunal resolvió rechazar por improcedente un planteo de nulidad absoluta que había realizado la defensa del cura, contra los informes efectuados al denunciante. La audiencia pasó a un cuarto intermedio y se reanuda el lunes, con los alegatos.

El sacerdote fue denunciado en marzo de 2014, en Andalgalá. El cura Rasgido fue imputado por “abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con corrupción de menores”, ambos “agravados por su condición de ministro de un culto religioso”. El 15 de febrero último, inició el debate en la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Segunda Nominación. Por tratarse de un delito de instancia privada, contra la integridad sexual, el debate se desarrolla a puertas cerradas.

En esta décimo octava audiencia, el Tribunal dio a conocer la resolución al planteo de nulidad absoluta efectuado ayer por la defensa del sacerdote, a cargo del abogado del foro local Luciano Rojas. De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, el defensor había planteado la nulidad absoluta contra los informes psicológicos realizados al denunciante. Consideró que la defensa no tuvo contradicción con relación a las conclusiones periciales y éstas son una prueba dirimente, con la que se va a pretender dirimir la culpabilidad, por parte del acusador. La psicóloga que oportunamente había realizado el informe falleció y, según se explicó, la defensa del cura no podría confrontarla.

Tanto el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal Augusto Barros, como la querella, a cargo de la abogada Silvia Barrientos se opusieron al planteo de la defensa. En tanto que, el Tribunal resolvió rechazar por improcedente este planteo de nulidad absoluta. En consecuencia, ordenó que se incorpore a debate los informes referenciados, a fin de continuar la causa.

El Tribunal fundamentó que el abogado defensor no argumentó que resulta imposible reiterar el informe; quien falleció fue la psicóloga que realizó el informe, no el denunciante, a quien se le hizo la prueba. Es decir, oportunamente se pudo haber solicitado otro informe.

Conocida la resolución, el debate pasó a un cuarto intermedio. La audiencia se reanuda el lunes, con la instancia de alegatos.

Expediente

En marzo de 2014, en Andalgalá, el religioso Renato Rasgido fue denunciado por abuso sexual eclesiástico. La denuncia la impulsó la madre de un adolescente. La Fiscalía de la Segunda Circunscripción Judicial lo imputó por “abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con corrupción de menores”, ambos “agravados por su condición de ministro de un culto religioso”.

El Tribunal está integrado por los jueces Miguel Lozano Gilyam, Silvio Martoccia y Mauricio Navarro Foressi. El Ministerio Público fiscal es representado por el fiscal Augusto Barros, quien está acompañado por la abogada de la querella, Silvia Barrientos. La defensa es ejercida por el abogado del foro local Luciano Rojas.

En la sexta jornada, el cura declaró aunque solamente respondió las preguntas de su abogado. El religioso negó los hechos y aseguró que en los días sindicados él no se encontraba en Andalgalá –lugar de las denuncias-. Relató la versión que habría dado en la etapa de investigación. De esta manera, insistió en su inocencia.

Además, el cura habría manifestado su versión de “justos por pecadores”. Rasgido aseguró ser víctima de un movimiento y cuestionó a los medios. El sacerdote reconoció que existen los abusos sexuales eclesiásticos y que suceden en todo el mundo, en el país y en la provincia pero afirmó ser inocente y manifestó su indignación por lo ocurrido a lo largo de estos 10 años, tras la denuncia en su contra por abuso sexual.

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