jueves 28 de marzo de 2024
Sentencia por las compras directas

Carlos Rosales Vera: "Correspondía absolver a los cuatro imputados"

Para el abogado defensor del exministro Pablo Doro, la condena carece de elementos probatorios.

Tras la condena de la Cámara Penal nº3 que dictó seis años de prisión para el exministro de Salud, Pablo Doro, y diez para el exsubsecretario de Acción Social, Víctor Brandán, por la causa de las compras directas, las defensas esperan los argumentos para analizar el pedido de casación. “Es muy probable que lo presentemos, porque nunca se acreditó el supuesto circuito delictivo. Así como decidieron la absolución de dos de los imputados, creo que el criterio debía aplicarse en los cuatro”, dijo Carlos Rosales Vera, defensor de Doro.

“Creo que hay una importante falta de pruebas. No está acreditado el supuesto circuito ilegal ni la inconducta. Creo que en el fallo no hay elementos desde el punto de vista jurídico, no hubo ni siquiera una empresa citada aunque sea como testigo. En la acusación dicen que Doro y Brandán se enriquecieron pero no se demostró el vínculo ni cómo les habrían pagado los proveedores. Si revisamos sus patrimonios tienen un auto y una casa. Tal es la falta de pruebas que se habían previsto 77 testimonios pero finalmente participaron 42 porque no sumaban nada”, reclamó Rosales Vera en diálogo con El Ancasti.

Para el abogado, “por las mismas circunstancias que absolvieron a (Guillermo) Martínez y (Carlina) Zurita debieron absolverlos a todos”. “El fallo no tiene sentido. La acusación consistió en una serie de relatos aislados, no hay un orden, no hubo un buen trabajo de la Fiscalía. Se minimiza el rol del Tribunal de Cuentas, se omite el hecho de que la Constitución establece que ningún pago se puede hacer si no tiene un control de Contaduría y Tesorería, los asesores legales de estos organismos no fueron citados. Mencionan la introducción de notas falsas y no hay pericias caligráficas sobre esos documentos, no se distinguen remitos de carta de porte”, enumeró.

En ese punto, remarcó que el Tribunal de Cuentas reconoció que había “poca formalidad” en algunos trámites, pero explicó que “no todas las irregularidades son ilícitos”. “Hay hechos irregulares que no son ilícitos, y eso lo advirtió el Tribunal de Cuentas. De hecho, allí tienen la obligación de informar y hacer la denuncia penal cuando en su revisión encuentren un posible ilícito”, remarcó Rosales Vera, y explicó que espera los fundamentos del fallo para presentar un recurso de casación ante la Corte.

Sumario del TC

Puntualmente sobre el Tribunal de Cuentas, durante la etapa de alegatos Rosales Vera recordó que hay un fallo del año 2013 que analizó las compras directas cuestionadas en la causa y advirtió que no había responsabilidad penal para los condenados en el juicio. “La Fiscalía de Instrucción y la querella de Fiscalía de Estado debían estar en conocimiento de esto”, cuestionó.

En la acusación, el Ministerio Público Fiscal argumentó que la prueba de que la mercadería que se compraba “no existía” eran una serie de remitos que se habían completado con fechas anteriores a su fecha de impresión, y pusieron ejemplos de remitos impresos en noviembre de 2003 que certificaban mercadería supuestamente entregada en agosto de ese año. Rosales Vera explicó que eso no constituye una ilegalidad, e indicó que ese tipo de instrumentos pueden ser “antedatados”. “No sé si colocó en el remito algo que no es real, no sé si hubo falsedad ideológica, creo que incluso hubo honestidad de colocar en el remito la fecha real en la que se entregó la mercadería”, argumentó. En esa línea fue que cuestionó el accionar de la Fiscalía, porque consideró que en sus alegatos debió quedar claro el supuesto circuito ilegal y que no hay pruebas de ello.

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