martes 14 de abril de 2026
Causa "Mis Pequeñas Sonriras"

Auxiliares del Jardín Maternal insisten en la "probation"

Están imputadas por 13 hechos de “lesiones graves”. Las víctimas son niños que tenían entre dos y cuatro años.

Yésica Ana Celeste Ferreyra y Elsa Romina Ferreyra, dos hermanas y auxiliares docentes del Jardín Maternal “Mis Pequeñas Sonrisas”, acusadas por 13 hechos de “lesiones leves” se presentarán hoy ante la Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca. Ambas serán representadas por el abogado del foro local Fernando Contreras Del Pino. En junio del año pasado en el Juzgado Correccional de Segunda Nominación estaba previsto el debate oral y público por estos hechos. No obstante, las acusadas solicitaron el beneficio de la suspensión de juicio a prueba –también conocido como probation-. El juez Correccional Diego Chayle Costilla resolvió no hacer lugar al pedido pero las imputadas decidieron presentar un recurso de casación ante la Corte de Justicia.

Hoy en el Salón San Martín del palacio de Justicia, la Sala Penal –integrada por los ministros Hernán Martel, Fernanda Rosales Andreotti y Verónica Saldaño- se realizará la audiencia de expresión de agravios. En ésta también participará el fiscal Correccional Federico Maturano, acompañado por el abogado de la querella, Sebastián Ibáñez.

Expediente

En mayo del 2018 un grupo de padres que enviaban a sus hijos al Jardín Maternal “Mis Pequeñas Sonrisas”, ubicado en La Tablada, comenzó a notar cambios en su conducta. Las víctimas son niños que, por entonces, tenían entre dos y cuatro años. Uno de los padres aseguró que el niño comenzó a no querer bañarse, "de autotratarse mal, se reta solo, se dice estúpido y se para solito poniéndose en penitencia".

Contaron que los chicos comenzaron a orinarse en la cama, "a insultar cuando en la casa corregimos cuando se usan palabras inapropiadas", a tener miedo, a tartamudear y a negarse a ir al jardín. "Sabemos que los mojaban con agua fría, que los insultaban, que los denigraban diciéndoles cosas como 'cara de mono', 'tonta', estúpida'", agregaron.

Los padres se enteraron de lo sucedido luego que auxiliares de “Mis Pequeñas Sonrisas” les informaron acerca de lo que ocurría puertas adentro. “Primero comenzó con gritos e insultos. Luego los sacudían. A los más pequeños, cuando se orinaban, los bañaban o a veces los mandaban orinados a la casa. A veces no nos dejaban que los cambiáramos porque decían que se tenían que ir así a la casa por no haber traído otro cambio más de pañal, cuando en el jardín había más pañales para cambiarlos. No los dejaban comer la merienda o los hacían acostar en el piso frío. Ellas estaban todo el tiempo con el celular; no les daban la atención que necesita un chico”, expresaron.

En agosto de 2021, la Fiscalía de Instrucción de Quinta Nominación había clausurado la investigación penal y consideró que las hermanas debían ser juzgadas. El fiscal Hugo Costilla firmó la elevación a juicio. El dictamen fue confirmado por el juez de Control de Garantías Maidana. Sin embargo, las acusadas se opusieron y apelaron.

En septiembre de 2022, por unanimidad, la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos resolvió no hacer lugar al pedido de la defensa de las imputadas por 13 hechos de “lesiones leves”. El Tribunal de Alzada estuvo integrado por los jueces Elena Berrondo Isí, Edgardo Álvarez y Mauricio Navarro Foressi. Del mismo modo, tampoco se hizo lugar al pedido de nulidad de elevación a juicio. En consecuencia, se confirmó la elevación a juicio resuelto por el juez de Control de Garantías de Primera Nominación Héctor Rodolfo Maidana.

Un beneficio: suspensión de juicio a prueba

La suspensión del juicio a prueba es un derecho que la ley acuerda a ciertos y determinados individuos que han sido acusados formalmente de haber cometido un delito o más que darían lugar a la condena condicional. La idea es que se suspenda el trámite del proceso para que el sospechado cumpla con ciertas pautas de conducta y, una vez cumplidas y transcurrido el plazo de suspensión, se resuelva su desvinculación definitiva. Es decir, queda absuelto. La suspensión del juicio a prueba no se puede conceder para todos los delitos, ni tampoco a todas las personas sospechadas de cometerlos y, además, se tienen que dar varios requisitos.

La probation contribuye a una respuesta más humana en la justicia penal, ya que tiende a evitar las consecuencias negativas del encarcelamiento, como así también desde un punto de vista práctico impedir que llegue la sentencia en procesos de poca importancia en política criminal ahorrando recursos materiales y humanos, con la gran ventaja que se producen importantes reducciones de costos al Estado.

El elemento esencial de la suspensión del juicio a prueba es como método de reeducación del acusado: un plan de conducta en libertad adaptando la respuesta del derecho penal a las circunstancias que rodean al hecho, las condiciones personales del imputado y a la posibilidad que brinde la comunidad o el sistema social.

Sin embargo, en determinados delitos, como aquellos contra la integridad sexual o contra la administración pública, no se concede este beneficio.

Seguí leyendo

Te Puede Interesar