La Cámara de Diputados aprobó ayer un proyecto de Ley por el cual se regula el servicio de transporte de pasajeros contratado mediante plataformas digitales. El objetivo es adaptar la legislación a los cambios introducidos por las tecnologías digitales en el transporte de pasajeros, apuntando a que la regulación del servicio contribuya a establecer un equilibrio entre la innovación tecnológica y seguridad, garantizando condiciones justas y seguras para usuarios y los prestadores.
A la iniciativa, que ya tenía media sanción del Senado, se le introdujeron modificaciones por lo cual vuelve a la Cámara Alta para su revisión.
El diputado Ramón Figueroa Castellano (Frente de Todos) destacó la urgencia de abordar la falta de regulación en este sector señalando que "es de interés público para la provincia y para los municipios".
Enfatizó que la prestación del servicio de transporte a través de plataformas digitales no se limita a una mera intermediación, sino que implica una oferta pública de servicios que debe ajustarse a las normativas provinciales y municipales. El legislador propuso modificaciones al texto original, centrándose en aspectos clave como el ámbito de aplicación y los requisitos para los conductores: "Es imprescindible exigir el cumplimiento de las normas en condiciones de igualdad para garantizar la seguridad de la ciudadanía".
Castellanos propuso modificaciones al texto original, centrándose en aspectos clave como el ámbito de aplicación y los requisitos para los conductores: "Es imprescindible exigir el cumplimiento de las normas en condiciones de igualdad para garantizar la seguridad de la ciudadanía". En cuanto a los cambios, indicó que dispone que para “el servicio general de transporte de pasajeros contratados a través de plataformas digitales, los titulares de los vehículos afectados a estos servicios para ser considerados como tales deben cumplir con la regulación y la reglamentación, que a los fines de la explotación del servicio de transporte de pasajeros prevé en cada ejido municipal en donde se presenta a ejercer la actividad. sometiéndose en consecuencia al cumplimiento de los requisitos personales y funcionales que la autoridad determine en el efecto”.