domingo 1 de noviembre de 2026
Causa Adhemar Bacchiani

Apelan el fallo que envió a Blas al penal y piden que sea con "efecto suspensivo"

La defensa acusó al juez Contreras de "desconocer" los derechos del niño y tratados internacionales. Solicitó además que Blas sea restituido al domicilio hasta que se resuelva la apelación.

La defensa de José Armando Blas, imputado en la causa Adhemar Bacchiani, apeló el fallo que lo envió de su casa donde permanecería detenido con prisión domiciliaria, al penal de Miraflores.

En su presentación, el abogado Arturo Herrera Basualdo solicitó además que el recurso sea concedido con "efecto suspensivo", es decir, que hasta que se resuelva el planteo, Blas sea alojado nuevamente en su domicilio.

Blas fue detenido en abril del año 2022 y desde entonces estuvo alojado en dependencias de la Policía Federal o en su vivienda particular. El miércoles, el juez federal Miguel Ángel Contreras le revocó el beneficio basándose en el pedido de una querella y dos informes emitidos por la plataforma Binance y Gendarmería Nacional, relacionados con movimientos de criptoactivos desde el momento de su detención.

El abogado presentó ayer el recurso al juez Contreras, quien deberá definir si anula la orden con la que revocó la domiciliaria o enviar el recurso a la Cámara de Apelaciones de Tucumán para que resuelva. En este punto, Herrera Basualdo solicitó que en función de los problemas de salud que sufren un hijo de Blas y su pareja, el hombre sea restituido a su domicilio y que allí permanezca hasta que se defina la situación.

Es la primera vez que Blas queda alojado en Miraflores. Está imputado por "intermediación financiera sin autorización, agravada por el uso de publicidad", y en caso de ir a juicio podría recibir condena de entre dos y cuatro años de cárcel.

El defensor acusó al juzgado de revocar la prisión domiciliaria "sin siquiera haber ponderado las observaciones realizadas al informe de la Subdirección de Delitos Informáticos de Gendarmería, antes del dictado de la revocatoria".

Entre otras observaciones presentadas previo a la sentencia del juez, indicó que el informe "carecía de objetividad y resultaba prejuicioso, puesto que sin la existencia de elementos de convicción o información fidedigna (...), concluye que mi asistido implementó el uso de una VPN (red virtual privada) para ofuscar su IP (identificador que permite el envío de información entre dispositivos en una red), mediante el uso de servicios prestados por empresas en Ámsterdam".

Consideró además que el fallo es "arbitrario", en lugar de ser el resultado de "una lógica derivación del derecho y de los hechos y circunstancias acreditadas" en la causa.

Sugirió además, que el juez "omitió considerar la homologación del acuerdo de colaboración suscripto con Blas como arrepentido en la causa", quien declaró como imputado colaborador, "ha mantenido entrevistas con el representante del Ministerio Público Fiscal a los fines de ampliar su declaración".

En este punto remarcó que la revocatoria "transgrede las reglas del debido proceso legal, el principio de inocencia, principio de legalidad e igualdad ante la ley, e incluso viola las previsiones relativas al derecho de defensa acordado a mi asistido".

Por otra parte, aseguró que en ningún momento se analizó "la imposición de otros medios de coacción personal menos intensos que el alojamiento en el servicio penitenciario, tales como el mantenimiento de la detención domiciliaria con implementación de un inhibidor de señal de celulares".

También criticó duramente a Contreras al acusarlo de desconocer las previsiones de la Convención de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con relación al cuadro de cuadriplejia espástica que padece un hijo de Blas.

Finalmente mencionó que la pareja de su defendido también tiene importantes problemas de salud que le impedirían brindar los cuidados necesarios a su hijo.

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