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Por varios ultrajes

Acusado, más cerca del juicio popular

28 de septiembre de 2023 - 01:00

José Augusto Weber, acusado por varios delitos contra la integridad sexual, está más cerca del juicio por jurados. Para hoy se tiene prevista la realización de la audiencia de admisión de evidencias. El acusado debe responder por "abuso sexual gravemente ultrajante" y "corrupción de menores hechos continuados". La causa se remitió a la Oficina de Gestión de Audiencia (OGA) del Poder Judicial para ser sometido a juicio popular.

La audiencia será presidida por el juez director Luis Guillamondegui. El Ministerio Público Fiscal será representado por la fiscal del caso, Antonella Kranevitter, y el fiscal de Cámara Alejandro Dalla Lasta Baroni.

La fiscal de Instrucción de Cuarta Nominación, Kranevitter, fue la funcionaria judicial que activó el caso. La primera denuncia se registró en 2020. La madre de una de las víctimas se presentó en sede judicial. De acuerdo con la información a la que pudo acceder El Ancasti, los hechos tienen como víctima a una adolescente y ocurrieron en la zona sur de la ciudad Capital. Weber sumó reiteradas denuncias por abuso sexual.

En diciembre último, el juez de Control de Garantías de Cuarta Nominación, Marcelo Sago, le confirmó la detención. Ante esta resolución, Weber fue trasladado al Servicio Penitenciario Provincial en Capayán.

Delito

El delito de “corrupción de menores” consiste en pervertir o seducir a niños, niñas y adolescentes, menores de 18 años. Se trata de actos que alteran el desarrollo normal de la sexualidad. Para la Ley, por debajo de los 13 años no hay consentimiento, por lo que se considera un agravante. También se agrava si hay engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier tipo de intimidación; o el autor es familiar, cónyuge, persona conviviente o encargada de la educación del menor. Este tipo de delito está incluido en el Libro II del Código Penal de la Nación y es definida como una forma de atentar contra la integridad sexual de niños, niñas y adolescentes. En la legislación argentina, este delito se encuentra contenido en el artículo 125 que establece que “el que promoviere o facilitare la corrupción de menores de dieciocho años, aunque mediare el consentimiento de la víctima será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años. La pena será de seis a quince años de reclusión o prisión cuando la víctima fuera menor de trece años”.

En octubre de 2018, tras una modificación en el artículo 72 del Código Penal Argentino (CPA), se convierten en carácter de orden público los delitos sexuales contra chicos y chicas. De esta manera, la acción ante la Justicia podrá ser iniciada por cualquier persona y el Estado, a través de los fiscales, estará obligado a llevar adelante las investigaciones correspondientes. Es decir, se elimina el requisito de la denuncia de los representantes legales del niño, niña o adolescente como condición para proceder.

La Línea 102 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes es un canal para denunciar este tipo de delitos, entre otros. El servicio es gratuito y funciona las 24 horas, los 365 días.

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