Claves
Dos de los tres jueces de la Cámara Penal N°2 votaron por la condena y uno votó por la absolución por beneficio de la duda. Seguirán en libertad hasta que la sentencia quede firme.
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Por mayoría de votos, el Tribunal de la Cámara de Sentencia en lo Criminal N° 2 condenó ayer a Emanuel Agüero y a Gabriel Leiva a 10 años de prisión efectiva, tras declararlos culpables de abuso sexual con acceso carnal en calidad de coautores.
La audiencia se realizó ayer tras un cuarto intermedio dispuesto el 15 de septiembre, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Corte de Justicia local al anular por segunda vez y por cuestiones formales, el veredicto emitido por la Cámara de Sentencia N° 1.
Durante la audiencia, los acusados hicieron uso de la palabra antes de conocer el veredicto y, tras negar las acusaciones, pidieron ser absueltos por falta de pruebas. Tras la instancia de los alegatos en que las defensas de Leiva y Agüero, a cargo de Pedro Vélez y Luciano Rojas respectivamente, pidieron la absolución, el Tribunal dispuso un cuarto intermedio y pasó a deliberar.
Cuarenta minutos después, emitieron la sentencia. Los jueces Silvio Martoccia y Miguel Ángel Lozano Gilyam emitieron voto condenatorio, mientras que en disidencia, y por la absolución por el beneficio de la duda, votó el juez Luis Guillamondegui.
Al emitir su veredicto, los jueces les impusieron una multa dineraria por el perjuicio causado a la víctima y se les renovó la prohibición de contacto con ella.
Fuentes judiciales confirmaron que los dos hombres seguirán en libertad hasta que la condena quede firme y que los fundamentos del fallo se darán a conocer el 8 de octubre. Desde ese día, las partes tendrán 10 días corridos para realizar los planteos que estimen correspondientes.
Se prevé que las defensas intentarán revertir la condena interponiendo un recurso de casación. Mientras la víctima junto a familiares y amigos celebraban la decisión del Tribunal, el abogado querellante Sebastián Ibáñez consideró que los defensores "se aferrarán al voto en disidencia del juez Guillamondegui, insistiendo con la absolución por el beneficio de la duda y un planteo de nulidad de Rojas, quien insiste en que la sentencia es nula porque, según él, debió realizarse un nuevo juicio".
Recordó que en el año 2023 Leiva y Agüero fueron condenados a 10 años de prisión efectiva, y señaló que la diferencia con esta nueva sentencia es que no hubo unanimidad en los votos.
"Como querella vamos a pedir a los miembros de la Corte que se expidan con celeridad, porque la resolución de este caso no puede demorar un año más, como ya sucedió. Las últimas dilaciones fueron por decisión de la propia Corte de Justicia. Necesitamos que rectifique ese proceder y que esta vez acorte los plazos para resolver. Es inédito que la misma condena llegue tres veces en casación a la Corte", agregó. "La Corte debe resolver definitivamente: o confirma la condena y los acusados son enviados al penal, o los absuelve por el beneficio de la duda. La Corte no puede volver a patear el asunto y regresar el expediente a los tribunales de juicio", manifestó el querellante.
Para finalizar, informó que el Hogar Warmi le entregó a la denunciante un botón antipánico por el cruce que tuvo recientemente con Agüero (ver más adelante), y advirtió: "Si se vuelven a encontrar, vamos a pedir su inmediata detención; no vamos a permitir que eso suceda de nuevo".
Por su parte, Rojas no ocultó su disconformidad con el proceso judicial.
"No podemos creer cómo es que llegamos hasta este punto, con este derrotero procesal y la intervención de un Tribunal que no estuvo presente en el primer juicio, es decir, que no tiene competencia para dictar una sentencia", detalló.
Además, consideró que "más allá de eso, hay una orfandad probatoria que es increíble" y que esa situación "solamente se mantiene por esta pequeña presión que hay de algunos allegados de la denunciante, con versiones cargadas de contradicciones y con inconsistencias que no pueden ser sustento de una sentencia condenatoria". Aseguró que "no hay otra posibilidad, no se admite otra posibilidad que la absolución", en referencia a la próxima casación que presentará ante la Corte.
Paralelamente, la Fiscalía a cargo de Córdoba Andreatta, imputó a la víctima de abuso por presuntos daños y amenazas, en perjuicio de Agüero.
Los dos se habrían encontrado la semana pasada en inmediaciones del Paseo General Navarro y él se habría burlado, festejando su libertad. En ese marco, la mujer rompió parte de la moto del hombre y éste la denunció. Al ser indagada, con el patrocinio del abogado Ibáñez, esta vez como defensor, reconoció los daños causados y negó las amenazas. La causa sigue en proceso de investigación.
Según el expediente, el abuso ocurrió en julio de 2018 en el barrio INTA, departamento Valle Viejo.
Cinco años después, en mayo de 2023, los jueces Fernando Esteban, Mauricio Navarro Foressi y Rodrigo Morabito declararon culpables a los dos imputados.
Los dos fueron condenados a 10 años de prisión como coautores, pero las defensas recurrieron el fallo ante la Corte. El máximo tribunal demoró un año en resolver, y en mayo de 2024 hizo lugar parcialmente al planteo: determinó que, de las 123 páginas de la sentencia emitida por los tres jueces, 97 eran una transcripción textual de testimonios.
Quedó expuesto que los camaristas habían emitido un veredicto sin realizar una valoración de la prueba que se había expuesto durante el debate.
Como no fundamentaron debidamente su decisión, el expediente volvió a esa Cámara, pero los mismos jueces cometieron un nuevo error. Esta vez, Esteban, Navarro Foressi y Morabito dictaron la nueva sentencia violando la garantía de imparcialidad. Así fue como la Corte finalmente ordenó que la causa sea enviada a otro tribunal y el expediente terminó en la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Segunda Nominación.