Desde la Secretaría de Comercio Interior informaron que en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 47 de la ley 24.240, se multó a la empresa San Javier Corralón y Ferretería, denunciada por efectuar diferencias de precios en operaciones con tarjeta de crédito en el marco del “Programa Días de Ensueño”.
La consumidora denunció que realizó una operación de consumo en el local de la firma, con la intención de hacer uso del beneficio del Programa “Días de Ensueño”, cosa que no solo no logró, sino que su compra fue gravada por un interés superior al 50%.
Durante la instancia conciliatoria las partes no arribaron a un acuerdo y se inició sumario administrativo por incumplimiento de los arts. 7, 8 y 8 bis de la ley 24.240, el que culminó con la imposición de una multa de $400.000 a la proveedora por incumplimiento de las precisiones publicitarias y trato digno.
En el curso del sumario quedó acreditado que el local sancionado aplicaba "bonificaciones", "descuentos", añadía "intereses" y hacía valer "precios de lista", según fuera el modo de pago por el que optara la clienta.
La Secretaría de Comercio Interior consideró que se tuvo en cuenta que todas esas expresiones implican en realidad la diferenciación de precios según el medio de pago, conducta prohibida legalmente.