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Por falta de pruebas concretas

La Corte Suprema rechazó la demanda ambiental contra petroleras en Vaca Muerta

El máximo tribunal desestimó la acción colectiva impulsada por ASSUPA al considerar que no se acreditaron daños concretos de carácter interjurisdiccional.

21 de mayo de 2026 - 12:58

La Corte Suprema de Justicia rechazó la demanda por daño ambiental colectivo presentada por la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (ASSUPA) contra las empresas petroleras que operan en Vaca Muerta, al concluir que, tras más de veinte años de trámite, nunca se acreditó un perjuicio ambiental concreto de carácter interjurisdiccional.

La acción había sido promovida contra YPF, Pampa Energía, Chevron San Jorge, Pluspetrol, Pan American Energy, Total Austral, CAPEX, PCR, Vista Oil & Gas y otras firmas vinculadas a la explotación hidrocarburífera en la Cuenca Neuquina. También participaron como terceros el Estado Nacional y las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza y Neuquén.

En el fallo, el Tribunal cuestionó la falta de precisión de la demanda. “La prueba ofrecida por la actora no persigue la corroboración de circunstancias fácticas, sino que pretende una investigación sobre las conjeturas formuladas en la demanda”, señalaron el juez Horacio Rosatti y los conjueces Silvina Andalaf Casiello, Rocío Alcalá y Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas.

La Corte observó que ASSUPA pretendía que las pericias determinaran posteriormente cuáles eran los focos de contaminación y la atribución causal a cada empresa, lo que evidenció que la asociación no podía precisar “circunstancias de tiempo, modo y lugar” de los hechos denunciados.

El máximo tribunal recordó que en fallos anteriores ya había advertido sobre la necesidad de presentar estudios ambientales o evidencias concretas que demostraran una “verosímil afectación” interjurisdiccional. Sin embargo, la entidad se limitó a afirmar de manera general que los suelos, aguas y aire de la Cuenca Neuquina estaban contaminados por la actividad petrolera.

Asimismo, el fallo remarcó que la estrategia de vincular genéricamente el daño ambiental con toda la actividad hidrocarburífera “constituye un vano esfuerzo” para intentar demostrar que la contaminación superaba las fronteras provinciales.

ASSUPA reclamaba que las compañías realizaran tareas de recomposición ambiental integral, constituyeran un fondo de restauración y adoptaran medidas para evitar nuevos daños colectivos derivados de la explotación petrolera. La Corte, sin embargo, destacó que la asociación podía haber solicitado información ambiental a organismos nacionales y provinciales antes de iniciar la demanda y que, por su condición de organización ambientalista, debía contar con elementos concretos para respaldar sus denuncias.

Finalmente, el Tribunal concluyó que no estaban dadas las condiciones para avanzar a una nueva etapa procesal porque no pudieron identificarse daños ambientales colectivos interjurisdiccionales susceptibles de reparación judicial. Las costas fueron distribuidas en el orden causado debido a la complejidad jurídica del caso.

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