El Gobierno oficializó la suspensión de la pauta publicitaria
En el decreto publicado este miércoles en el Boletín Oficial el Poder Ejecutivo insistió en profundizar "los criterios de austeridad". La decisión rige por un año y plantea excepciones.
El Gobierno nacional oficializó este miércoles la suspensión por un año de la pauta publicitaria en medios de comunicación, iniciativa que había sido anunciada por el presidente Javier Milei a poco de asumir el mandato. La medida fue publicada en el Boletín Oficial mediante el decreto 89/2023 y establece: “Suspéndense por el plazo de UN (1) año, contado a partir de la publicación del presente decreto, las campañas institucionales de publicidad y de comunicación con carácter oneroso que realice la administración central”.
A su vez, agrega que la suspensión se podrá prorrogar si la autoridad de aplicación lo considera pertinente.
La restricción no alcanza a “los actos de publicidad oficial cuya obligatoriedad surja de la normativa vigente, así como a las campañas que resulten derivadas de casos de fuerza mayor o necesidades comunicacionales puntuales debidamente justificadas que pudieran sobrevenir”.
ARGUMENTOS
El decreto sostiene que, en las actuales circunstancias, “resulta conveniente suspender la realización de campañas no esenciales con el doble objetivo de adecuar las estructuras y procedimientos y hacer más eficiente el gasto”.
A su vez, se indica que es pertinente “discriminar, en lo relativo a la publicidad de los actos de gobierno, a aquellos en los que la misma resulte necesaria, de aquellos en los que puede ser omitida siguiendo criterios de oportunidad y conveniencia”.
También se destaca la necesidad de “profundizar los criterios de austeridad y eficiencia en el uso de los escasos recursos públicos existentes”, asignándolos para cuestiones prioritarias.
Por último, se aclara que la medida mantendrá a salvo la publicación de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones, así como también “las excepciones derivadas de fuerza mayor o necesidades comunicacionales puntuales debidamente justificadas que pudieren sobrevenir”.