Actualizan el sistema de calificación de películas y concentran la competencia en el INCAA
Un decreto eliminó la comisión asesora y habilitó la homologación automática de calificaciones extranjeras para agilizar los estrenos en el país.
El Gobierno aprobó una nueva reglamentación del régimen de calificación de películas cinematográficas y redefinió el rol del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) en ese proceso. La medida fue oficializada este martes mediante el Decreto 50/2026, publicado en el Boletín Oficial, y entrará en vigencia dentro de 60 días.
Con la nueva normativa, el Poder Ejecutivo derogó el Decreto 828/84, que regía desde hace más de cuatro décadas, al considerar que sus categorías y criterios habían quedado desactualizados frente a los cambios culturales, sociales y tecnológicos que atravesó la industria audiovisual. En ese marco, se estableció que el INCAA asumirá la competencia exclusiva en materia de calificación de películas, en el ámbito de la Secretaría de Cultura.
Según los fundamentos del decreto, el sistema de calificación tiene como finalidad brindar información clara al público sobre la aptitud de las películas para ser vistas por menores de edad, respetando el principio de autonomía progresiva y reforzando el rol primario de padres, madres y tutores en el acompañamiento y supervisión de los contenidos audiovisuales.
La normativa también elimina la intervención obligatoria de la Comisión Asesora de Exhibiciones Cinematográficas, al señalar que su estructura colegiada y la falta de actualización de criterios generaban demoras y dificultades para el funcionamiento ágil del sector. En su lugar, se destacó la capacidad técnica y la experiencia del INCAA para realizar evaluaciones profesionales, transparentes y acordes con los estándares actuales.
Otro de los cambios relevantes es la posibilidad de homologar las calificaciones emitidas por organismos públicos o privados del exterior, especialmente en el caso de películas extranjeras, que representan una porción mayoritaria de los estrenos en el país. De acuerdo con informes citados en el decreto, más del 65% de las copias lanzadas al mercado argentino y más del 80% de los espectadores del top 100 de estrenos corresponden a producciones de origen estadounidense.
En ese sentido, la reglamentación autoriza al INCAA a reconocer calificaciones extranjeras y a adecuarlas cuando existan razones de orden público, con el objetivo de evitar duplicaciones administrativas, reducir costos y agilizar la distribución y exhibición de contenidos en salas.
El decreto, que lleva las firmas del presidente Javier Milei y del Jefe de Gabinete Manuel Adorni, posee un Anexo en el que se redefine el sistema de calificación cinematográfica bajo un criterio explícito de no censura, al establecer que la intervención estatal se limita a una función orientativa e informativa.
En ese marco, la norma refuerza el principio de que la decisión final sobre el consumo audiovisual de menores recae en padres, madres y tutores, mientras que el rol del Estado nacional se circunscribe a brindar información clara y homogénea. El nuevo esquema introduce categorías alineadas con estándares internacionales -como Audiencia General (G), Supervisión Parental sugerida (SP), R-13, R-17 y Solo apta para mayores de 18 años (C)- y faculta al INCAA a complementar esas clasificaciones con advertencias específicas sobre el contenido, fortaleciendo la transparencia del sistema.
Otro eje central del anexo es la homologación automática de calificaciones extranjeras, una decisión que apunta a reducir tiempos administrativos y evitar duplicaciones innecesarias en un mercado donde predominan los estrenos internacionales. Según lo establecido, el INCAA reconocerá las calificaciones emitidas por organismos competentes del país de origen y solo intervendrá para adecuarlas cuando existan razones de orden público, reclamos fundados o incompatibilidades con los criterios nacionales. Este mecanismo busca mejorar la eficiencia del sistema, facilitar la distribución y exhibición de contenidos y concentrar los recursos estatales en los casos que realmente lo requieran, sin alterar la función protectoria prevista en la ley.