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EL RESTO TENDRÁ HORARIO CORRIDO HASTA LAS 19

Sin gimnasios, construcción ni celebraciones religiosas

13 de mayo de 2021 - 01:04 Por Redacción El Ancasti

Como medida para disminuir la circulación el COE decidió ayer prohibir la actividad de la obra pública y privada, de gimnasios, natatorios, escuelas de danzas y la asistencia a templos y celebraciones religiosas. Este último decreto, el n°911/21, rige desde anoche y hasta el domingo 16 de mayo inclusive. Además, fija la restricción para circular en todo el territorio de la provincia en el horario de 20 a 6.

Por otra parte, la actividad bancaria con atención al público podrá funcionar en el horario de 8 a 14, mientras que los servicios de cajeros automáticos y transporte de caudales no tendrán limitación horaria.

El resto de las actividades habilitadas incorporará desde hoy el horario corrido hasta las 19 y hasta el 26 de mayo inclusive. Estas actividades son la atención de profesionales de la salud con turno previo, los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imágenes, las profesiones liberales con turno previo, los establecimientos de cobro de servicios o impuestos, el comercio en general, los supermercados, los comercios de cercanía, los locales gastronómicos y afines, las quinielas, las peluquerías, las gomerías, los talleres mecánicos, lubricentros, ferreterías, casas de provisión de garrafas y leña, las playas de estacionamiento, las ferias al aire libre, los jardines maternales y toda actividad física recreativa o saludable individual o en grupos de hasta 3 personas al aire libre.

El COE reiteró que "todos los servicios y actividades autorizados deberán respetar estrictamente los protocolos y aforos dispuestos por las autoridades competentes".

Tal como se informó el martes, la actividad presencial en la Administración Pública continúa suspendida y solo debe asistir el personal esencial designado por cada ministerio.

También se reiteró que se encuentran prohibidas las reuniones sociales de cualquier índole y que los incumplimientos tienen sanciones legales y económicas previstas en el decreto 1578/20.n

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