El senador Maximiliano Brumec, en su condición de presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Peticiones y Poderes del Senado de Catamarca, solicitó la intervención del Observatorio de Género de la Cámara alta para que se expida en relación a la objeción e impugnación efectuada por un grupo de abogados y abogadas del foro local respecto de la postulación de Fabiana Gómez.
El legislador estuvo a cargo de las argumentaciones en ocasión de la aprobación en Cámara Senadores de los pliegos de Hernán Martel y Fabiana Gómez para ocupar sus respectivos cargos como ministros de la Corte de Justicia de la Provincia.
El Observatorio de Género respondió al pedido de Maximiliano Brumec con un documento que repudia el escrito de impugnación, argumentando que las objeciones que se efectuaron a la postulación de Gómez “refieren a la circunstancia de ser ella esposa del actual intendente de Fray Mamerto Esquiu (Guillermo Ferreyra) denostando su recorrido profesional, el cual ni siquiera se menciona".
El documento indica que las expresiones vertidas por los abogados que buscaron dicha impugnación, como “carece de mayores antecedentes de ejercicio de la profesión” o “la desigualdad de las mujeres (…) no se soluciona simplemente con la designación de mujeres con escasa idoneidad y con ninguna otra valía que ser la esposa de algún político o funcionario de renombre", desdibujan la trayectoria profesional de Gómez.
"Surge claro el sesgo machista con que se efectuó el análisis y la crítica a la postulante, dejando entrever como aún hoy sigue vigente esa distribución de roles absolutamente patriarcal que pretende reducir el margen de acción de la mujer a los espacios de lo privado y lo domestico, considerando como aspecto positivo y destacable, aun por encima de los logros y trayectoria profesional, el hecho de ser esposa de alguien", continúa el escrito y manifiesta: "Si su calidad académica o profesional es suficiente o no para ocupar el cargo de Ministra de la Corte lo establecerán quienes corresponde, lo que sí podemos decir desde este Observatorio es que pretender quitarle valor a esa trayectoria manifestando que su única valía es ser esposa de un político, es cuanto menos agresivo y una muestra clara del ejercicio de violencia simbólica establecida en la Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, que merece el mayor de los repudios, sobre todo cuando tal manifestación no se ha realizado respecto del otro postulante, de quien se ha dicho que es ‘amigo íntimo del Sr. Gobernador’, aunque jamás se expresó que ello fuera lo único valioso de su persona", continuó el escrito.
"Cuando se detallan los argumentos contra la Dra. Fabiana Gómez, a ella se le exige por parte de quienes buscaron su impugnación, una cierta Perspectiva de Género que en el caso de los argumentos contra Martel no se exigió en momento alguno, lo que habla de otro acto discriminatorio. Debemos aclarar que el ejercicio de la magistratura con Perspectiva de Género es una obligación de todos los funcionarios y funcionarias judiciales, independientemente del género, y que para ello se ha establecido la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los tres poderes del Estado a través de la llamada “Ley Micaela” Nº 27499 a la que adhiriera nuestra provincia", indica y concluye: "Expresiones como las vertidas en el texto de impugnación dan cuenta una vez más de la necesidad de capacitación en materia de género que permitan erradicar aquellos estereotipos y prejuicios basados en la idea de la inferioridad de las mujeres respectos de los hombres y viceversa".