Entre 20 y 30 causas procesadas por el Juzgado Federal de Catamarca por la violación al Decreto de Necesidad y Urgencia, que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio, fueron apeladas y se encuentran para su resolución en la Cámara Federal de Apelaciones en Tucumán. Esos expedientes se encuentran entre las más de 200 causas que ya tienen procesamiento en las cuales se dictó embargo.
Así fue confirmado por el Juez Federal de Catamarca, Miguel Ángel Contreras, quien señaló que en la mayoría de las apelaciones se ataca el aspecto inconstitucional de la norma.
Contreras habló de las causas al referirse al estado de las condenas que se darán en cada una de ellas. "Un gran número de los procesamientos que se dictaron están siendo objeto de apelación, o sea están la Cámara de Apelaciones para que se ratifique o resuelva revocar el procesamiento dictado. En esas apelaciones hay varios planteos de inconstitucionalidad".
Al referirse a las penas de tales delitos explicó que las mismas “no superan los dos años y son de ejecución condicional, son excarcelables. La única posibilidad que alguien vaya preso sería que sea reincidente, ahí la pena sería de cumplimiento efectivo", puntualizó.
Asimismo, explicó que la actuación del Juzgado Federal de Catamarca "llega hasta el dictado de un procesamiento, un sobreseimiento y falta de mérito. A partir de allí es muy limitada nuestra intervención porque al ser un delito correccional lo debe fallar un juez de Primera Instancia, pero como en la mayoría de los casos he dictado los procesamiento entonces yo no podría intervenir en esas causas porque siempre el nuevo pronunciamiento tiene que ser dictado por un juez diferente".
De igual manera, señaló que el juez que finalmente dicte la condena a la gente puede finalizar en que "se les realice una suspensión del juicio a prueba o sea una probation. Entonces la sentencia que se dictaría queda en suspenso y se lleva a cabo la probation que en general son actividades a cumplir que la propone el propio interesado en hacer la probation".
La inconstitucionalidad
La semana pasada Contreras (el juez) se había referido al rasgo de inconstitucionalidad de las personas que son procesadas por violar el DNU.
Había manifestado que “el problema (el aislamiento) ya es de tipo constitucional; la gente que transgrede es la minoría, porque hay una gran mayoría que cumple y esa gente ya casi que está haciendo una cuarentena que tiene rasgos inconstitucionales, porque todas las prerrogativas están rigurosamente limitadas", señaló. Y había apelado a la responsabilidad individual señalando que “ya nos tenemos que empezar a preguntar cómo conciliar todas las libertades y prerrogativas constitucionales con la cuarentena que debemos guardar y cómo podemos hacer. Y creo que la única forma es con el imprescindible cuidado individual y particular para que de ese modo pueda sumar en el beneficio general de la gente", había puntualizado Contreras evidenciando además una enorme preocupación por la realidad sanitaria en general.