Esta mañana en la 10ma. sesión ordinaria y con la ausencia de la oposición, Diputados dio media sanción al proyecto de ampliación de miembros de la Corte de Justicia, que lleva el número de jueces de cinco a siete.
Esta mañana en la 10ma. sesión ordinaria y con la ausencia de la oposición, Diputados dio media sanción al proyecto de ampliación de miembros de la Corte de Justicia, que lleva el número de jueces de cinco a siete.
El proyecto fue presentado por el diputado oficialista Augusto Barros y también determina que los jueces trabajen en salas y da un plazo de 90 días para que el tribunal dicte las acordadas reglamentarias.
Pero este no fue el único proyecto que se trató, ya que también se le dio sanción al proyecto de eliminación del Consejo de la Magistratura, el cual fue criticado por el Poder Judicial.
En ambos casos y debido a la ausencia de los diputadores de la UCR, PRO y NEO por considerar que no estaban dadas las condiciones sanitarias para sesionar, la votación fue: 21 votos a favor, 4 en contra y 16 ausentes.
En cuanto al proyecto de reforma del máximo tribunal, la iniciativa no solo se queda en la ampliación de miembros de la Corte pasando de cinco a siete. La propuesta de Barros solicita que la Corte trabaje en salas. En ese sentido, le da un plazo de 90 días para que el tribunal dicte las acordadas reglamentarias pertinentes para que pueda funcionar de esta forma. Esta orden ya había sido incluida en la ampliación de la Corte de 2016, pero no se había concretado.
La iniciativa también establece que la presidencia de la Corte durará dos años, pudiendo el presidente ser reelegido. Actualmente, el mandato es por un año.
Por otra parte, y en los casos de recusación, excusación, licencia o vacancia de alguno de los ministros de la Corte, el proyecto modifica la lista de los reemplazos para completar el número legal para sentenciar. En ese marco, quita de la lista al procurador de la Corte (está en primer lugar de la actual ley orgánica del Poder Judicial) y a los fiscales (están en quinto lugar).
Advierte que en el supuesto de que en una causa judicial que deba dirimirse ante la Corte, sea por competencia originaria o por vía de alzada, y que el objeto de la misma verse sobre una cuestión que involucre a magistrados o funcionarios del Poder Judicial, el tribunal no podrá actuar con sus miembros naturales, y se conformará íntegramente con conjueces que formen parte de la lista de abogados de la matrícula.
Por último y en caso de la lista de conjueces, establece que esta será mediante el mecanismo de sorteo en audiencia pública.
El comunicado de la oposición
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