jueves 28 de marzo de 2024
Por estimar consumos

Ordenan a la EC SAPEM refacturar a comercios e industrias

Se comprobó un “accionar erróneo” por parte de la Distribuidora en el cálculo de las mismas. Algunos comerciantes ya habían expresado su malestar al respecto.

Por Redacción El Ancasti

A través de la Resolución N°55/2020 el Ente Regulador de Catamarca ordenó a la empresa EC SAPEM refacturar consumos estimados a los usuarios Industriales (T2 y T3 de medianas y grandes demandas) y a los comerciales (T1G), al comprobarse un “accionar erróneo” por parte de la Distribuidora en el cálculo de las mismas.

En el caso de los usuarios T2 y T3, la empresa deberá refacturar los períodos 3 y 4; mientras que a los comerciales les deberá refacturar las lecturas comprendidas entre el 20 de marzo y el 13 de abril de 2020.

Asimismo, la empresa deberá abstenerse de realizar cortes de servicio por falta de pago de las facturas alcanzadas por esta resolución.

Argumentos

La resolución del Ente Regulador a favor de este tipo de usuarios, se debió a que la empresa EC SAPEM informó que, a causa del decreto presidencial que estableció el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio en el todo País, “le fue imposible llevar a cabo la toma de lectura real de los medidores, desde el 20 de marzo al 13 de abril, por falta de personal”.

No obstante ello, al tomar intervención la Dirección de Tarifas y Costos del organismo de contralor, se comprobó que la metodología utilizada por la empresa EC SAPEM para realizar las estimaciones en el período afectado, “no representó la conducta real que tuvo cada usuario en particular”, ya que a raíz del asilamiento obligatorio “estos usuarios modificaron el comportamiento de su actividad (comercial, industrial, etc) minimizando en algunos casos sus consumos, y registrando consumos 0, en otros”.

A raíz de ello, el Ente Regulador reglamentó un procedimiento que la empresa EC SAPEM deberá cumplir para llevar a cabo las refacturaciones mencionadas.

“Que siendo el objeto de este organismo, entre otros, el de velar por los derechos de los usuarios, el sistema implementado por EC SAPEM es injusto y produce perjuicio a los usuarios, por lo que corresponde a este Ente de Contralor, tomar las medidas correctivas y necesarias para salvaguardar los derechos de los mismos”, sostiene la Resolución.

Y agrega: “que particularmente en el caso de los usuarios Comerciales e Industriales, el sistema utilizado por la Distribuidora resulta injusto, toda vez que, desde el inicio de la cuarentena, la gran mayoría de estos sectores, cesaron o disminuyeron sus actividades”.

Usuarios Residenciales

Respecto a la situación de los usuarios Residenciales, el Ente Regulador requirió a la empresa las bases de datos del período 2017-2019, a fin de analizar el procedimiento aplicado por la Distribuidora para la estimación de consumos de este tipo de usuarios, “por lo cual una vez recibida la documentación requerida, se procederá a emitir el informe correspondiente para tal categoría”.

 

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