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lo informó el ministerio de salud

Protocolo para el manejo de las personas fallecidas por COVID-19

21 de octubre de 2020 - 01:00 Por Redacción El Ancasti

Desde el Ministerio de Salud dieron a conocer el protocolo que define cómo se debe actuar con el cuerpo de una persona fallecida por COVID-19, en línea con disposiciones asumidas a nivel internacional para este tipo de situaciones.
En ese marco, se explicó que "los familiares deben comprender que se atraviesa una situación extraordinaria producto de la pandemia, cuyas normas deben respetarse y atenderse sin excepciones".
De esta forma, de presentarse un deceso en plena emergencia sanitaria, recordaron que:

Si el fallecimiento se produce por causas no relacionadas con el COVID-19, se puede realizar una ceremonia de velatorio con un máximo de dos horas de duración. 
Solo pueden reunirse los deudos más cercanos, sin exceder en ningún caso las 10 personas. 
En los fallecimientos por COVID-19, no se realiza la ceremonia de velatorio, ni se autoriza a mantener los restos del fallecido en nichos. 

Por razones sanitarias, el cuerpo debe ser cremado o sepultado, según decisión de los familiares.
Si la persona fallecida reside en un lugar distinto a la Capital y fallece aquí, sus restos no serán trasladados por ningún motivo.
Si la persona fallecida no cuenta con un seguro de sepelios, el Estado será el encargado de gestionar el servicio correspondiente.
En todos los casos de deceso por COVID-19, el entierro o incineración del cuerpo deberá realizarse sin tener que esperar a que se cumplan 24 horas desde el fallecimiento.n

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