El Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) realizó la auditoría de seguimiento Nº 2 al organismo minero catamarqueño los días 27 y 28 de junio pasado, y recomendó “mantener la certificación del Sistema de Gestión de Calidad, cuyo alcance de certificación es el monitoreo ambiental de agua, que comprende las actividades de planificación, muestreo, medición de parámetros in situ, preservación, conservación y envío de muestras a laboratorios externos, control de calidad de datos y generación de informes evaluatorios”.
El encargado de efectuar este tipo de controles es el Departamento Geoquímica Ambiental, dependiente de la Dirección Provincial de Gestión Ambiental Minera (DIPGAM), de la Secretaría Estado de Minería, que desarrolla sus actividades bajo normas de gestión de calidad desde 2011.
Catamarca fue la primera provincia en estandarizar los procedimientos establecidos para el control ambiental de agua en las cuencas aledañas a los proyectos mineros, con el objetivo de dar así confiabilidad y eficiencia en este tipo de tareas. A partir de esa fecha, todos los años el Instituto lleva a cabo auditorías externas y cada tres años emite la recertificación si se cumple con todos los requisitos impuestos.
Las auditorías se hacen en gabinete y en campo y consisten en la preparación de equipamiento y materiales para el muestreo, toma de muestras y envío a laboratorios. Para cumplir con los requisitos solicitados por IRAM, el Departamento de Geoquímica Ambiental, a su vez, ejecuta auditorías internas periódicas para mejorar e implementar medidas que den valor al sistema.
En junio de 2017, se recertificó la última versión de la Norma de calidad IRAM-ISO 9001: 2015 “Sistema de Gestión de la Calidad del Monitoreo Ambiental de Agua”. En este marco, se auditan seis procesos del sistema de gestión de calidad: dirección, planificación, apoyo, control de la documentación, evaluación de desempeño y mejora.
Fortalezas
En su recertificación, el Informe de Auditoría IRAM destacó:
• “Se considera como fortaleza el compromiso de la organización en cuanto a la asignación de recursos, con miras a la mejora continua del desempeño, con la extensión hacia otros procesos”.
• “El alto profesionalismo del personal entrevistado".
• “Además, también se reconoce como fortaleza el accionar de la SEM - DiPGAM en los Centros de Control, con el Programa de Participación Ciudadana de la comunidades aledañas a los emprendimientos mineros”.
Desde 2011 la SEM puso especial énfasis en las tareas de control ambiental sobre los proyectos mineros radicados en la provincia, incluyendo a la comunidad y a distintos organismos e informando a la población sobre las tareas de control. Este programa incluye además, capacitaciones en los Centros de Control Minero Ambiental de Andalgalá, Belén, Tinogasta, Santa María y Antofagasta de la Sierra y la participación de la comunidad en general en los monitoreos de control.
Marco legal del control
Las actividades relacionadas al monitoreo ambiental de agua se encuadran en el rol de autoridad de aplicación otorgado por la Ley Nº 24.585, de Protección Ambiental para la Actividad Minera, y se llevan a cabo en las cuencas hídricas asociadas a los proyectos mineros, para obtener datos propios respecto a la calidad del recurso hídrico; y en las cuencas del área de influencia de los proyectos en exploración para conformar la línea de base ambiental.
La normativa señala las responsabilidades que tienen todos los actores comprendidos en la prospección, exploración, explotación, desarrollo, preparación, extracción y almacenamiento de sustancias minerales comprendidas en el Código de Minería, incluidas todas las actividades destinadas al cierre de la mina.
La obligación es presentar ante la autoridad de aplicación y antes del inicio de cualquier actividad un informe de Impacto Ambiental.
La autoridad de aplicación evaluará el Informe de Impacto Ambiental y se pronunciará por la aprobación mediante una Declaración de Impacto Ambiental para cada una de las etapas del proyecto o de implementación efectiva.