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Resolución del organismo

Cuestionan la separación de los auditores del Tribunal

El diputado Francisco Monti consideró que se trata de un "pésimo precedente" para futuras investigaciones.
11 de junio de 2019 - 04:08 Por Redacción El Ancasti

La semana pasada el Tribunal de Cuentas emitió una resolución  por la que  decide no hacer lugar a la recusación  y planteo de falta de legitimación contra auditores del Tribunal de Cuentas, interpuesto por el administrador del IPV, Dante López Rodríguez,  en el marco de la auditoría que se realizó sobre las obras de Valle Chico. Sin embargo,  la misma resolución dispuso el apartamiento de los auditores  Antonio Quinteros   y Marco Cativiela con el objetivo de evitar dudas y sospechas en la investigación, ya que fueron  cuestionados por falta de objetividad por el IPV.  

El diputado  Francisco Monti consideró que es un pésimo precedente  la separación de los auditores del Tribunal de Cuentas.  “La resolución es incongruente porque, por un lado,  el  Tribunal de Cuentas desplaza los auditores para evitar  poner en riesgo la imparcialidad.  Sin embargo, en la resolución no hay  ningún argumento que amerite que existe parcialidad en el estudio. El informe es técnico y  de manera sugestiva se desplaza a auditores.  Esto configura un pésimo precedente porque hace suponer que cuando un  informe tenga  este tipo de conclusiones, en desmedro de  funcionarios de turno, se va a cuestionar el trabajo de los auditores”, señaló y analizó que se genera un  incentivo peligroso  para que los auditores no actúen con el rigor que corresponde en las investigaciones en las que se analiza la inversión de recursos. 

La resolución 
La resolución fue firmada por  el presidente Mardonio Díaz Martínez , el vocal Hugo Manuel Argerich y el vocal subrogante, Luis Néstor Segovia.  

La auditoría sobre las obras complementarias para Valle Chico se había realizado en 2017, pero salió a la luz este año cuando el diputado Francisco Monti presentó una denuncia en la Fiscalía Federal por las irregularidades que se desprendían de ese informe.

En ese momento, autoridades del Tribunal de Cuentas expresaron que el trámite no había sido concluido porque el administrador del IPV, López Rodríguez,   había cuestionado al auditor Marco Cativiela. Según el funcionario del IPV, Cativiela “ha demostrado una animosidad evidente en contra del organismo que se traduce en un excesivo rigor formal, falta de criterio y objetividad”.  Sin embargo, las autoridades del Tribunal se demoraron en resolver el planteo.

Cativiela rechazó el planteo  y argumentó que “los puntos que fueron observados se encuentran respaldados con las pruebas correspondientes”. En relación al punto de la falta de objetividad  e imparcialidad, el auditor expresó que  su accionar estaba respaldado por las  disposiciones legales vigentes. 

Con argumentos similares, Segovia, Díaz Martínez y Argerich rechazan el planteo del IPV.  Así, por ejemplo, el presidente del TC argumenta que "no existe motivo o causal para hacer lugar a la recusación de Cativiela ni al planteo de falta de legitimación".  Además, observa que la presentación debe guardar un mínimo de requisitos que se no se cumplió.

El presidente del TC adhiere, no obstante, a un dictamen de la Relatoría Legal del organismo que  considera que " a fin de evitar futuros planteos y/o recusaciones por parte del administrador del IPV, sugiero que en lo sucesivo el Tribunal designe a otra persona distinta para la realización de las auditorias técnicas en el citado organismo, por cuanto a partir del planteo realizado, en contra de Cativiela, podría prestarse a confusiones y que se dude de la imparcialidad del auditor", señala esa primera opinión. 

Díaz Martínez sostiene que es responsabilidad de los juzgadores "eliminar cualquier duda que existiese sobre las actuaciones que se labrarán en cumplimiento de las tareas de control que se llevan a cabo por el Tribunal de Cuentas, garantizando así la imparcialidad". 

El vocal Argerich  expresa que  "el análisis  por parte de profesionales en la materia, del descargo del auditado (IPV) debe ser incuestionable y objetivo, sin dar lugar a planteo alguno en lo sucesivo, lo que no se lograría con la actuación de los mismos auditores por cuanto ha sido alegada la parcialidad de uno de ellos".  Por ello, propone que el análisis posterior sea realizado con la intervención de profesionales distintos o que esté a cargo de otra área técnica del Tribunal de Cuentas, a los fines de un análisis más justo y -sobre todo- incuestionable. 

El vocal subrogante Segovia compartió la fundamentación de sus pares y de esa forma  el Tribunal  dispuso el apartamiento de los auditores que habían actuado para dar continuidad al trámite y analizar el descargo que realizó el IPV en refutación al informe de la Unidad de Auditoría de Obras Públicas. 

En ese marco, resuelve que ese trabajo sea realizado por la Unidad de Auditoría de Políticas Sociales. 

 

Presentación en Fiscalía 

Por otra parte, la Sindicatura General de la Nación, en el marco de la ley de acceso a la información pública,  remitió  al diputado Monti el informe ejecutivo y el informe analítico que fue elevado por el Tribunal de Cuentas al organismo. 

El legislador advirtió que el informe elevado por el TC no concuerda con los antecedentes del que fuera elaborado por la Unidad de Auditoría de Obras Públicas. 

Aún así, el TC admite que hubo irregularidades.  Es por eso que adelantó que presentará esa documentación ante la Fiscalía federal donde realizó la presentación original. 

La auditoría fue para la evaluación del programa 68-Desarrollo de Infraestructura Habitacional. 

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