lunes 10 de agosto de 2026
tras DOS SEMANAS DE CONFLICTO

Inspección Laboral intimó al SOEM a levantar el paro de inmediato

Qué elementos tomó en consideración la DIL y qué dice la resolución.

Por Redacción El Ancasti

La Dirección de Inspección Laboral  intimó anoche al Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de la Capital a levantar de inmediato el paro por tiempo indeterminado que lleva adelante desde hace dos semanas, y apuntó en los fundamentos de la disposición la obligatoriedad de garantizar la prestación de servicios considerados esenciales, como la recolección de residuos.
La disposición respondió al planteo que el municipio capitalino hizo en horas de la mañana para que la medida de fuerza fuera declarada ilegítima.

En este marco, el SOEM había vuelto movilizarse.

Tal como adelantó El Ancasti, la Municipalidad indicó en su presentación que todos los planteos por los cuales el gremio había convocado a medidas de fuerza en noviembre fueron resueltos en los primeros días de la actual gestión, por lo que consideraban que era ilegal mantener el paro por tiempo indeterminado tal como lo hace el sindicato. Además, enfatizaba que la medida atentaba contra la salubridad de la población, ya que el servicio de recolección de residuos no se presta con normalidad hace dos semanas.

 

Resolución

En los fundamentos de la disposición de la DIL, se manifiesta que con fecha del 13 de diciembre la Municipalidad explicaba de manera detallada que había dado cumplimiento a los petitorios sindicales que habían motivado las acciones directas del SOEM, como el dictado de conciliación y las audiencias mediación, sorprendiéndoles la medida de fuerza iniciada el 10 de diciembre por otros pedidos que habían sido obviados de petitorios anteriores, sumado a un bono y la interrupción de la ordenanza sobre los servicios esenciales.    

Otra de las consideraciones de la resolución detalla que el 23 de diciembre, la Municipalidad de la capital realizó la presentación ante la Dirección Provincial de Trabajo (ámbito de aplicación en conflictos sindicales, aclara) explicando pormenorizadamente lo que en el considerando de dicha resolución y que dicha Dirección cuenta con la documentación respaldatoria.

En el párrafo siguiente se pone en consideración que, en el marco del decreto 843/2000  se establece que “las partes en conflicto que decidan adoptar medidas de acción directa sobre actividades que se consideran servicios esenciales deben garantizar la prestación de servicios mínimos” y que el comité de libertad sindical ha considerado servicios esenciales fundamentalmente a “aquellos cuya interrupción podría poner en peligro la vida la seguridad o la salud de las personas o parte de la población”.

Los artículos de la resolución 984/19 de la DIL

Artículo 1: Intimar al Sindicato de Obreros y Empleados Municipales SOEM a levantar la medida de acción directa (paro por tiempo indeterminado) a partir de la presente notificación por todo lo expuesto en el considerando.

Artículo 2: Solicitar a la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca a elevar a esta Dirección los actos administrativos celebrados con los trabajadores y/o Sindicato, dando cumplimiento a lo requerido por la entidad sindical.

Artículo 3: Notifíquese a las partes por medio de despacho del organismo.

 

El Ejecutivo municipal está dispuesto a avanzar por la vía judicial en caso de que el SOEM no acate lo dispuesto por la DIL.

Aunque con menos adhesiones, el gremio volvió a convocarse en su sede de la calle 1º de Mayo, y partió en movilización hasta la esquina de Sarmiento y República, donde se manifestaron frente a Casa de Gobierno.

"Quieren plantear la ilegalidad del paro para ver si echan a algún trabajador. Que vengan a echar a alguno, no van a tener paz en los cuatro años de gestión", disparó el secretario general Walter Arévalo, en su alocución frente a los municipales.

Luego se desconcentraron frente al Palacio Municipal, donde realizaron una parodia del intendente Gustavo Saadi.
 

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