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polémica por el pliego que envió el ejecutivo para la fiscalía Nº 6

Guerrero consideró que la Corte de Justicia se extralimitó en su dictamen

La diputada señaló que la Constitución solo exige tres años de ejercicio de la profesión de abogado y no pide la experiencia en el fuero penal para el cargo en cuestión.
22 de diciembre de 2019 - 02:07 Por Redacción El Ancasti

La presidenta de la Cámara de Diputados, Cecilia Guerrero, salió al cruce de los planteos que realizó el bloque de Diputados de la oposición y consideró que la Corte de Justicia se extralimitó en la postura que expresó en el dictamen por el que consideró que Facundo Barros no reúne las condiciones para convertirse en el titular de la Unidad Fiscal de Delitos contra la Administración Pública.

Guerrero, quien integró el Consejo de la Magistratura, sostuvo que la presidenta de la Corte de Justicia, Vilma Molina, como integrante del Consejo, avaló la presentación de Barros en el concurso porque cumplía los requisitos exigidos por la Constitución. Sin embargo, señaló que su postura no es coherente cuando en el dictamen de la Corte se expresa en contra de la postulación del hijo del ex ministro Daniel Barros, actual integrante del directorio de YMAD por la provincia de Catamarca.

"Los requisitos para acceder a un cargo del Ministerio Público de primera instancia son objetivos y están establecidos en el artículo 213 de la Constitución de Catamarca. El informe de la Corte de Justicia en contra de la postulación del doctor Facundo Barros evidencia una consideración subjetiva y demuestra animosidad manifiesta en contra del postulado, quien sí reúne los requisitos constitucionales para acceder al cargo. Esa situación fue previamente reconocida por el pleno del Consejo de la Magistratura, presidido por la propia presidenta de la Corte, órgano que aceptó la inscripción de Barros para el concurso de fiscal de Instrucción porque cumplía los requisitos constitucionales establecidos", señaló.

La postura de Guerrero se opone a la que expresaron cuatro integrantes de la Corte, quienes señalaron que Barros no cumple con el requisito de tres años de ejercicio real de la profesión. En su resolución, los jueces fundamentaron que Barros, de 34 años, si bien cumple con los requisitos de edad (mayor de 25) y posee desde hace tres años su matrícula profesional, “no acredita el ejercicio de la profesión en el fuero penal para ocupar el cargo” para el que fue propuesto por el Ejecutivo provincial y por el cual le pidió informe a la Corte de Justicia.

En diálogo con El Ancasti, Guerrero sostuvo que la Constitución exige tres años de ejercicio de la profesión y no hace referencia a la experiencia en el fuero penal.

Guerrero salió al cruce también de las expresiones políticas del bloque UCR de la Cámara baja. "No es cierto que exista vaciamiento en los concursos que convoca el Consejo de la Magistratura, órgano que ha trabajado responsable y profundamente en un todo de acuerdo a lo que marca la Constitución, la ley de su creación y su propio reglamento interno. Quien sostenga lo contrario es porque o ignora la labor desplegada, o bien persigue otra intencionalidad que nada tiene que ver con el mejoramiento de la Justicia, y que intenta burdamente deslegitimar una tarea intensa y comprometida, de la que participaron representantes de los magistrados, de los abogados, de la Cámara de Diputados, el Procurador General y la Presidencia de la Corte", afirmó.

El concurso cuestionado

Conforme a la acordada 51/19 del Consejo de la Magistratura, en la sesión del 22 de octubre se trató la inscripción de los postulantes para la cobertura de varios cargos en el Poder Judicial.

En el caso del cargo de Fiscal de Primera Instancia en lo Penal de Sexta Nominación, que corresponde a la Unidad que tiene la misión de investigar los delitos de la Administración Pública, se habían inscripto Juan Manuel Sánchez Ruiz, Silvio Martoccia, Facundo Barros y Alejandro Gober, quien actualmente es fiscal en comisión de esa unidad.

Por alguna situación que todavía no es clara, dos de los postulantes se bajaron antes que comience todo el trámite del concurso, por lo cual no había una terna para evaluar. Por esta razón, el concurso quedó desierto y luego el Ejecutivo envió el pliego de Barros.

En el dictamen de la Corte, el ministro José Cáceres expresa que "el ejercicio profesional no es solo la mera obtención del título de abogado. Es obvio que el título solo brinda la posibilidad del ejercicio, lo que quiere la Constitución es que se haya efectivizado el ejercicio", señala en oposición a Barros.

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