En un fallo dividido, la Corte Suprema de Justicia desestimó ayer el amparo que presentó Cambiemos para frenar la consulta popular que el gobernador de La Rioja, Sergio Casas, convocó para definir la validez de la reforma constitucional que le permitiría presentarse a la re-reelección.
Los jueces del máximo tribunal se reunieron ayer en medio de la feria para expedirse sobre el caso y decidieron "desestimar la acción de amparo interpuesta", en línea con el dictamen de la Procuración General de la Nación, que el último lunes recomendó no intervenir por tratarse de una cuestión provincial.
El fallo fue dividido: la vicepresidenta del máximo tribunal, Elena Highton, y los vocales Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti votaron a favor de desestimar el planteo por considerar que "no puede entenderse consolidada la presencia de un caso que habilite la intervención de la Corte", mientras que el presidente, Carlos Rosenkrantz, opinó lo contrario.
De esta forma, sigue en pie la consulta popular convocada para el domingo en La Rioja, donde los ciudadanos deberán avalar o rechazar la enmienda constitucional aprobada por la Legislatura que le permitiría a Casas volver a presentarse como candidato a gobernador este año.
Tras haber sido electo como vicegobernador de Luis Beder Herrera en 2011, Casas asumió como gobernador en 2015 y, de acuerdo a la Constitución local, quien haya integrado la fórmula ganadora por dos períodos seguidos no puede ir por un nuevo mandato. Por esta razón, el dirigente peronista impulsó una enmienda constitucional que, luego de haber sido aprobada por la Legislatura, requiere ser ratificada en una consulta popular.
Cambiemos, a través del presidente de la UCR riojana, Héctor Olivares, y del interventor del PRO local, Marcelo Wechsler, objetó la enmienda y también el llamado a la consulta con el fundamento de que la Constitución riojana establece que ese plebiscito debe llevarse a cabo conjuntamente con las elecciones generales y no antes.
La Corte rechazó tratar el amparo de la oposición al argumentar que no le corresponde expedirse sobre el caso de La Rioja, sino que es una facultad de la justicia de esa provincia. "El tribunal considera que con los elementos incorporados hasta el momento no puede entenderse consolidada la presencia de un 'caso' que habilite su intervención en el marco de las atribuciones y de la competencia reconocidas por la Constitución Nacional", resumieron los ministros que votaron por la mayoría.
Los ministros coincidieron en que cancelar la consulta popular organizada en la provincia de La Rioja "impediría que la voluntad popular se expresara en una instancia típicamente reglada, silenciando a los diversos actores sociales afectados". Y advirtieron sobre una "sobrejudicialización" de los procesos de gobierno.
En su voto disidente, Rosenkrantz sostuvo, en cambio, que la medida cautelar contra el plebiscito debía concederse ya que había sido convocada "de un modo que viola claramente el procedimiento establecido en la constitución de la provincia". Es decir, el presidente de la Corte interpretó que solo podía convalidarse esa modificación si era ratificada por una consulta popular a realizarse junto a la primera elección general que se organice en La Rioja. Pero en este caso, la provincia dispuso que se haga este domingo, por separado de las elecciones.