martes 27 de octubre de 2026
abuso de poder del organismo público en valle chico

Plantean denuncia penal por usurpación en contra del IPV

La radicó una mujer desalojada hace más de un mes de su vivienda sin orden judicial.

Por Redacción El Ancasti

Una mujer que fue expulsada de su casa hace más de un mes por el Instituto Provincial de la Vivienda radicó una denuncia penal por “usurpación, violación de domicilio y supuesto incumplimiento de los deberes de funcionario público”. 

Si bien la denuncia, por razones técnicas, se planteó contra “autores desconocidos”, su desarrollo expone al organismo que administra el arquitecto Dante López Rodríguez, uno de los funcionarios dilectos de la gobernadora Lucía Corpacci, porque la denunciante fue despojada con la excusa de que su vivienda, localizada en Valle Chico, debía ser preservada frente a un presunto intento de usurpación. 

“En un pase de manos, el IPV pasa de situación de riesgo de usurpación, a violación de domicilio y puertas abiertas a la ocupación violenta utilizando la fuerza pública, a la que ordena el allanamiento de la vivienda sin la intervención de un juez con imperio para disponer de tan gravosa medida”, consigna el escrito presentado en Fiscalía General el jueves pasado.

La denuncia penal fue interpuesta a más de un mes de ocurridos los hechos. En ese lapso, Rita Toloza de Bazán fue sometida por el IPV a un purgatorio burocrático para tratar de recuperar su propia vivienda. Pese a la gran cantidad de pruebas de que ocupa la casa, los trámites, iniciados el 5 de abril, todavía no han concluido.

La mujer, cuyo caso fue informado por El Ancasti poco después de que el organismo la desalojara, se enteró de que el IPV había iniciado un procedimiento de desadjudicación en su contra recién después de que un consigna policial le impidiera el ingreso a su domicilio, el 4 de abril al mediodía. La puerta de la casa estaba rota y efectivos de la policía había entrado en ella. 

“Al concurrir a la Comisaría Nº 9 soy informada por el comisario de que no tenía conocimiento de esta irrupción, por lo cual fue conmigo y habló con el policía que estaba adentro. Salió y me dijo que no conocía el procedimiento por el cual no había sido anunciado, y que los que estaban tomando la casa eran los que hacen rondas en el barrio. Pero no me permitieron ingresar en mi casa”, relata Toloza de Bazán en la denuncia.

El atropello fue puesto en conocimiento del administrador del IPV y a su hermano, el vicepresidente de la Cámara de Diputados, Armando López Rodríguez, al día siguiente de sucedido. Ninguno de los dos volvió a atender llamados ni mensajes.
En su denuncia, Toloza remite a un acta de inspección del IPV del 21 de noviembre pasado, en la que se asienta que “la vivienda se encuentra en situación regular de ocupación, ocupada por la titular y su hijo de 18 años”. 

Aparte, obran en el expediente numerosos testimonios de vecinos que confirmaron que ella vive en la casa controvertida por el IPV y documentación probatoria de los trabajos que desempeña, que le impiden permanecer durante todo el día en su hogar. La composición del inventario de las cosas que hay dentro del domicilio, elaborado por los propios policías que irrumpieron en la casa, indica que estaba habitada sin espacio a dudas. 

Contra esto, el IPV opone otras actas de inspección labradas mientras la mujer no estaba en la vivienda que no le fueron notificadas y denuncias de personas que viven a varios kilómetros de Valle Chico, que reclaman que les entreguen la casa.

Contradicción
Tres semanas después del irregular desalojo, frente a la falta de respuesta del IPV a sus reclamos, ya con el recurso de reconsideración a la desadjudicación planteado en el organismo, Toloza de Bazán fue a su casa acompañada con un escribano público. Le permitieron entrar para revisar sus pertenencias, pero del intercambio verbal con los policías surgieron contradicciones que se incluyeron en la denuncia penal.

Consta en el acta notarial que los policías “manifestaron que podían faltar pertenencias, puesto que la primera vez que ingresaron a la vivienda la puerta se encontraba abierta y ellos presumían un robo; para luego contradecirse manifestando que tuvieron que forzar la puerta para ingresar a la misma, puerta que manifestaron tuvieron que arreglar para salvaguardar las pertenencias de la requirente”.
De modo que no se sabe si la puerta fue reventada por maleantes, pretendidos usurpadores o los propios policías.

“El párrafo transcripto con valor de instrumento público –denuncia la perjudicada- no tiene desperdicio y ello es así por cuanto, en el descargo que realiza el administrador del IPV (López Rodríguez) en publicación periodística, manifiesta, refiriéndose a este tema, que “ese día, durante la madrugada, los policías que habitualmente hacen sus rondas por Valle Chico tomaron conocimiento de un intento de usurpación de la mencionada vivienda; observaron que las aberturas de ingreso habían sido violentadas, informaron sobre la situación e inmediatamente la casa quedó en custodia”.

Para Toloza, resulta extraño que el IPV no especifique qué unidad de operación policial ejecutó la medida, qué funcionarios policiales participaron, qué grado detentaban y qué número de móvil intervino, “datos estos que necesariamente deben consignarse en un informe de tal gravedad”.

Destaca la “contradicción flagrante” entre la versión de la policía y la del IPV acerca de cómo sucedieron los acontecimientos, ya que en un empleado del IPV asevera en un  informe incorporado al expediente administrativo que “mediante información suministrada por personal policial la vivienda se encuentra en riesgo de ser usurpada o robada, procediendo a constatar que la puerta principal está violentada a la altura de la cerradura”.

“Esta sucesión administrativa de contradicciones, ya que tanto el administrador del IPV como su empleado hablan de violación de vivienda y los policías actuantes manifiestan que ellos mismos tuvieron que violentar la puerta de ingreso, es de una esencial gravedad que coloca a ambos funcionarios en el umbral de un hecho delictual que obviamente deberá ser investigado”, considera la mujer despojada por el IPV.

Cronología de un despojo

El 4 de abril al mediodía un policía impidió el ingreso de Rita Toloza y su hijo de 18 a años a la casa que ambos habitan en Valle Chico. Alegaron que la vivienda estaba en custodia por orden del Instituto Provincial de la Vivienda, porque los propios policías habían detectado un intento de usurpación. La puerta de la casa estaba rota, reventada. El jefe de la Comisaría de la zona le dijo a Toloza que no estaba al tanto del operativo. Días después, los policías aludirán un intento de robo.

En el IPV le dicen a Toloza que, a raíz de una serie de denuncias que aseguraban que ella no ocupaba la casa, se le había iniciado un proceso de desadjudicación. Sin embargo, no le permiten acceder al expediente. El 5 de abril, el titular del IPV, Dante López Rodríguez, es informado sobre la arbitrariedad. Promete ocuparse. Nunca más atiende.

Recién el 18 de abril se le permite a los abogados de Toloza acceder al expediente. Ese mismo día, El Ancasti había informado sobre el caso. No se sabe si una cosa está vinculada con la otra, pero el IPV emite un comunicado de prensa en el que asegura que el desalojo se ajustó a sus normativas burocráticas. Mientras, Toloza sigue sin poder entrar a su domicilio, donde están sus pertenencias y su ropa, indicios de que reside allí que el IPV parece no advertir.

El 25 de abril, Toloza interpone un recurso de reconsideración al procedimiento administrativo de desadjudicación. Incorpora testimonios de vecinos y documentación que acredita dónde y en qué horarios trabaja. Contra actas de inspección del IPV labradas cuando no estaba en su casa, que no le habían sido notificadas, exhibe un acta de inspección de noviembre, redactada mientras estaba en su domicilio. “La vivienda se encuentra en situación regular de ocupación, ocupada por la titular y su hijo de 18 años”, dice.

 El 11 de mayo, sin respuestas por parte del organismo, donde le indican que tienen 15 días para resolver su situación, Toloza interpone una denuncia penal por usurpación, violación de domicilio  e incumplimiento de los deberes del funcionario público.

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