La Cámara de Apelaciones dictó la nulidad de la solicitud de archivo de la causa que Fernando Musella inició contra Ángel Mercado por supuestas amenazas contra él y su familia. El tribunal hizo lugar al examen presentado por la defensa de Musella y resolvió que el fiscal de Instrucción nº1, Víctor Figueroa, retome la investigación. Además, cuestionaron duramente las actuaciones del fiscal, y hasta lo acusaron de hacer afirmaciones falsas.
Desestiman archivo de una causa por presuntas amenazas
Musella, patrocinado por Herman Zalazar, había presentado un recurso de examen en contra del archivo de la causa que había resuelto el Juzgado de Control de Garantías nº2, a cargo de José Carma, por pedido de Figueroa.
Así, los jueces Raúl Da Prá, Edgardo Álvarez y el subrogante Jorge Álvarez Morales ordenaron que Figueroa retome la investigación en contra de Mercado y criticaron su tarea en las actuaciones que llevaron a pedir el archivo.
En tal sentido, Da Prá aseguró que se realizó una "exigua investigación". Para el juez, el fiscal no advirtió que los dos hechos denunciados "aparecen como continuados" y sostuvo que la investigación es insuficiente para determinar si hubo o no delito, por lo que se inclina por continuar en ese trabajo.
"En la causa se observa un yerro que debe ser calificado como una gravísima aseveración falsa del fiscal, que introduce un juicio categórico al señalar que las cámaras (de vigilancia) del municipio no indican presencia de ninguna persona introduciendo elemento alguno debajo de la puerta del denunciante. La resolución del Juez de Control de Garantías se hace eco de tales consideraciones que están reñidas con una correcta ecuación mental lógica, pues el informe de las cámaras señala que no se pudo observar frente al domicilio del denunciante pues existía un árbol que impedía la visión. Esta sola razón sirve para descalificar el dictamen del fiscal", expresó Da Prá en su voto, donde además cuestionó el uso de jurisprudencia inadecuada.
Para Álvarez, "el actuar funcional ante la denuncia dista de las responsabilidades que le confirió la ley", en relación con el trabajo del fiscal. "No es el denunciante quien debe ofrecer pruebas, pues así el fiscal se desligaría de su tarea; y si el denunciante las tuviera obviamente las aportaría", señaló.
Además, cuestionó el criterio de Figueroa, quien había criticado la demora de Musella para hacer la denuncia. "Con igual criterio, deberían desecharse las denuncias de las señoritas que, alcanzada la mayoría de edad, hacen conocer que fueron víctimas de delitos sexuales en su niñez y que no lo denunciaron antes por temor. Alcanzaría ribetes de escándalo", sostuvo, y dijo que el fiscal "examinó con ínfimo rigor las afirmaciones del denunciante", y no ejecutó las medidas probatorias que éste propuso.
Subrogante
La resolución lleva la firma de los jueces Raúl Da Prá, Edgardo Álvarez y Jorge Álvarez Morales en carácter de subrogante, ya que Juan Pablo Morales fue apartado de la causa por la Corte.