Se firmó el decreto que declara la Emergencia Agropecuaria
La información fue dada a conocer hoy. Abarca a 9 departamentos y se extiende hasta febrero del año próximo.
La gobernadora Lucia Corpacci, junto a los ministros del Poder Ejecutivo Provincial firmaron el Decreto Acuerdo N° 1062 por el cual se declara en estado de Emergencia Agropecuaria, por el término de 12 meses contados a partir del día 10 de febrero de 2013, a los departamentos del interior de la provincia que a continuación se detallan: Ambato, Ancasti, Andalgalá (Aconquija), Capayán, El Alto, La Paz, Paclín, Santa Rosa y Valle Viejo.
Entre los considerandos que presenta dicho instrumento se destaca que la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, creada por Ley N° 4786, dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Agroindustria del Ministerio de Producción y Desarrollo, propone al Poder Ejecutivo Provincial la Declaración de Emergencia Agropecuaria por sequía en el territorio de la provincia, la cual llevó a la afectación de la producción agropecuaria y ganadera, con pérdidas de la capacidad productiva de las zonas.
En este sentido, el decreto señala los daños ocasionados a la producción agropecuaria trae aparejado graves consecuencias económicas a los productores de la región, ya que en la mayoría de los casos las producciones se realizan para auto-subsistencia.
De este modo, la medida indica que en todas las localidades afectadas por la sequía hubo un 70% de pérdidas en pasturas y forrajes, un 50% de pérdidas en producción ganadera y otro 50% en apicultura.
En su artículo 2°, el decreto solicita a la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria el tratamiento y aplicación de la Ley N° 26.509 en Jurisdicción Nacional, a los efectos de que se adopten las medidas allí previstas en beneficio de los productores catamarqueños afectados por la emergencia.
De la misma manera, en el artículo N 4° se otorga a los productores afectados por el plazo que dura la emergencia la exención del Impuesto Inmobiliario, establecida en el Artículo 81° de la Ley Provincial N° 5022, Código Tributario de la Provincia de Catamarca.
En tanto, en el artículo 5° se autoriza a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Agroindustria del Ministerio de Producción y Desarrollo, en forma excepcional, a los fines de atender la Emergencia Agropecuaria declarada y por el plazo de duración de la misma, a contratar bajo modalidad de Contratación Directa por significación económica, artículo 98° Inc. c) de la Ley N° 4938, hasta la suma de doscientos mil pesos. Cumpliendo los recaudos del artículo 91° de la Ley N° 4938.
Según la información oficial, el decreto se firmó el pasado 12 de julio, péro recién fue dado a conocer hoy.