La autorización para obras deberá ser exigido por todos los organismos de la Administración Pública Provincial y Municipal con competencia en la materia quedando expresamente prohibido en el territorio de la provincia la autorización de acciones u obras que no cumplan este requisito en forma previa, señala la normativa. A su vez, prevé que en todos los casos los Estudios de Impacto Ambiental, Informes Preliminares y Planes de Gestión Ambiental tendrán carácter de Declaración Jurada y deberán ser suscriptas por el solicitante y el profesional universitario que asuma la responsabilidad profesional.