ver más

Intiman a registrarse a las casas de préstamo de dinero

Con el objeto de combatir la usura, empresas crediticias tendrán que ajustar sus tasas de interés.
17 de mayo de 2012 - 00:00
En concordancia con el anuncio de la gobernadora, Lucía Corpacci, durante la última Asamblea Legislativa y posterior publicación del decreto 636/12, el Gobierno avanza con la regularización de las diversas casas de crédito que, en su gran mayoría, cobran intereses usurarios.



En esa línea de acción, la Dirección Provincial de Comercio intimó a las empresas individuales y societarias que tengan por objeto el préstamo de dinero a terceros a que se inscriban en el registro existente a tal fin -en el mencionado organismo- dentro de los 30 días posteriores a la publicación en el Boletín Oficial del Decreto Acuerdo N° 636, que está vigente desde pasado 8 del corriente.



A su vez, la Dirección de Comercio advierte que, vencido dicho plazo y no cumplimentados los requisitos correspondientes, operará la clausura del local y la caducidad definitiva de la habilitación para desarrollar la actividad.



El mencionado decreto establece que será considerada excesiva, abusiva y desproporcionada cualquier tasa que exceda en más del 7% la tasa que informa mensualmente el Banco de la Nación Argentina para operaciones de préstamos personales. Ese 7% es considerado como CFT (Costo Financiero Total) o tasa efectiva anual incluyendo el interés (compensatorios, resarcitorios o punitorios), gastos administrativos, cargos impuestos y otras erogaciones por cualquier otro concepto.



En la misma normativa se explicita que la usura, tipificada penalmente, constituye un engaño realizado a efecto en el tráfico económico de cambio y la apropiación de un plusvalor económico sin contraprestación paritaria.

Límites alas mutuales




A través del decreto 637/12 se cambiaron las condiciones a las asociaciones mutuales o cooperativas que soliciten códigos de descuentos al Estado provincial, las que no podrán cobrar más del 1,55% mensual por todo concepto como interés por operaciones de préstamos. Y el descuento por estos códigos tampoco podrá superar el 30% de los remanentes de haberes de los empleados públicos, una vez realizados los descuentos obligatorios por aportes y contribuciones. También rige la creación de un Comité Ejecutivo para la Erradicación de la Usura.

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar