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Pautas para rescindir contratos

6 de abril de 2012 - 00:00
El ministro de Servicios Públicos, Julio Molina, puso en marcha la guía y pautas para el proceso de recomposición contractual, habilitado por la ley 5353 por la que se declaró la Emergencia de los Servicios Públicos.



Es que por el artículo 5to de la normativa se facultó al ministro a declarar la rescisión de todos los contratos de la provisión de bienes, servicios, locaciones, obras, consultorías que a la fecha de sanción de la ley (30 de diciembre de 2011) no hayan sido adjudicados por la autoridad de aplicación y cuyo objeto sea la satisfacción de un servicio público de energía eléctrica, agua potable y desagües cloacales y gas natural. En este caso, y a los efectos de la ley, se considera que la rescisión constituye una medida de fuerza mayor por la vigencia de la emergencia.



El artículo 6to agrega que la rescisión prevista no procederá en aquellos casos en que el contrato se encuentre en plena ejecución, salvo que exista un pleno acuerdo entre contratante y contratista que se inspire en el principio de sacrificio compartido por ambas partes contratantes.



A partir de la autorización que permite la ley, el Ministerio de Servicios Públicos puso en marcha la guía y pautas para el proceso de recomposición contractual que implicará un proceso de renegociación por obras que fueron adjudicadas durante la gestión del FCS.



En los fundamentos de la medida señala: El principio de sacrificio compartido constituye un objetivo primario del proceso de recomposición contractual que procura, en la medida de las posibilidades adecuar de común acuerdo los contratos. Se trata de una nueva distribución de las cargas con sentido solidario, a efectos de salvaguardar el interés público.



El instrumento que emitió el Gobierno contempla las pautas orientadoras que deben seguir las presentaciones de los contratistas. Según se establece el inicio del proceso de recomposición contractual inició el 8 de marzo y deberá concluirse en un plazo de 45 días.
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