5 de noviembre de 2012 - 00:00
El FV dio despacho de comisión a la ley de Seguridad Pública
Diputados del oficialismo pretenden tratar la ley el próximo miércoles 14 del mes en curso. Y sostienen que el FCS pondría trabas al debate.
Por último, lamentó que sus pares de la oposición no hayan participado de la reunión.
Miércoles 14
Diputados del FV aseguraron que tiempo atrás se había sellado un acuerdo con sus pares del FCS para tratar la mencionada ley en el recinto legislativo el próximo miércoles 14 del corriente. Y acotaron que en cumplimiento de ese plazo, la ley bajará para su debate el 14, tal como habrían acordado en un principio.
Modificaciones introducidas al proyecto
Los diputados del oficialismo realizaron algunas modificaciones en el articulado del proyecto de ley de Seguridad Pública promovido por el Poder Ejecutivo Provincial. Entre algunas de las modificaciones figuran:
- En el artículo 6° inciso c). Establecer los mecanismos de coordinación y colaboración para la investigación y conjuración temprana de contravenciones y delitos y la persecución y sanción, en caso de corresponder, de sus autores así como para intercambio de información delictiva en los términos de esta ley; siempre que ello no contravenga expresas disposiciones legales establecidas en la Constitución Nacional, Constitución Provincial, Código de Procedimientos Penales, Ley Orgánica del Poder Judicial y demás normas jurídicas concordantes.
- En el artículo 12. Créase la Secretaría de Seguridad Democrática de la Provincia de Catamarca que tendrá a su cargo (por delegación del Gobernador de la Provincia) arbitrar los medios recurrentes para efectivizar o implementar la política de seguridad dispuesta por el Poder Ejecutivo Provincial.
- En el artículo 14, sobre las funciones del Secretario de Seguridad, inciso d). La dirección y control de la gestión administrativa del sistema de seguridad pública, incluidos los diferentes componentes del sistema policial y servicio penitenciario (...); y la gestión de los recursos humanos necesarios para la optimización de los servicios que dispensan, especialmente Policía de la provincia y Servicio Penitenciario provincial, debiendo asegurarles a tales fines la disponibilidad razonable y adecuada de recursos humanos, económicos y de logística necesarios.
- En el artículo 17 sobre la integración del Consejo Provincial de Seguridad Pública. Presidido por el secretario de Seguridad Pública y (...) también será conformado por el jefe de Policía o funcionario policial que designe; jefe o director del Servicio Penitenciario; y el director de Derechos Humanos.
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