domingo 23 de agosto de 2026

Asuntos Constitucionales, con proyectos sobre la Corte

Los diputados del Frente Cívico no concurrieron a la comisión. Y el FV decidió no esperar más.

La comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara baja, presidida por Jorge Moreno (FV), dio despacho favorable a dos proyectos de ley que fueron promovidos por el oficialismo: la modificación parcial de la ley 4247 que regula las causales y el procedimiento para el Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios Judiciales; y la reglamentación del artículo 206° inciso 7° de la Constitución Provincial, referido al informe que debe presentar anualmente la Corte de Justicia a la Legislatura Provincial.



Las iniciativas fueron aprobadas con el despacho de mayoría del Frente para la Victoria (FV) a partir de la ausencia de todos los integrantes del Frente Cívico y Social de la mencionada comisión. Es decir, se produjo una situación de idénticas características con lo acontecido en Legislación General. (Ver página 2)



No quieren colaborar ni acompañar a la actual gestión de Gobierno. Solo recurren a la chicana permanente y a los obstáculos sobre la gestión, pero no contribuyen con la labor parlamentaria, disparó Moreno en diálogo con El Ancasti.



A su vez, el legislador oficialista tildó de irresponsables a sus pares de la oposición por no participar de la reunión de tablas de la comisión.



Pierden el tiempo (los diputados del FCS) si creen que con estas maniobras infantiles van a evitar que la Cámara de Diputados trate los proyectos que están en estudio. Nosotros (por el FV) estamos trabajando para realizar nuestro aporte como legisladores a la sociedad catamarqueña, que aún sigue esperando gestos de grandeza de una oposición cegada por la soberbia y la inmadurez política que están demostrando, criticó Moreno.

Sobre el Jury



Respecto a la modificación parcial de la ley 4247, se prevén cambios en el inciso 2° del artículo 5° regulando la publicidad del sorteo a realizar por la Corte de Justicia para la designación de los miembros del jurado que representan a los abogados de la matrícula, pero dando participación al propio Colegio de Abogados en su calidad de persona jurídica de derecho público no estatal.



También propone que debe establecerse como inhabilidad para integrar el Jury, en representación de los abogados, a aquellos profesionales que hubieran sido pasibles de sanciones disciplinarias por parte del Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados. Y sugiere que se promueva de oficio el Jury contra magistrados con un alto grado de cuestionamientos.



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