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Fiscalía de Estado insiste ante la Justicia con el quincho de Krapp

Los letrados de Fiscalía de Estado plantean la nulidad absoluta del dictamen de Mauvecín.
10 de octubre de 2012 - 00:00
Los abogados José Leonardo Berber y Carlos Gabriel Romero, en representación de Fiscalía de Estado, realizaron una presentación ante el Juzgado de Control de Garantías solicitando que no haga lugar a la solicitud del fiscal de instrucción, a cargo de la Unidad de Delitos contra la Administración Pública, Miguel Mauvecín, quien solicitó la desestimación y archivo de la reapertura de la investigación por supuestas irregularidades en la construcción de un quincho en una propiedad privada de la ex secretaria de Turismo Catalina Krapp, el cual habría sido edificado con algunos materiales que formaron parte de la escenografía de la Fiesta Nacional del Poncho 2006.



Venimos en tiempo y forma, en nuestro carácter de querellantes particulares, a plantear la nulidad absoluta del dictamen 189/12 (que contiene la resolución de Mauvecín con el pedido de desestimación y archivo de la causa contra Krapp). Subsidiariamente, para el caso que vuestra señoría así no lo considere, venimos a plantear oposición penal al pedido de desestimación y archivo de la causa en contra de la denunciada, a raíz del arbitrario e ilegal dictamen 189/12, peticionando que previo trámite de ley se haga lugar a los mismos, declarando la nulidad del dictamen y en caso de no compartir los argumentos de la misma, haga lugar a la oposición, rechazando el pedido de desestimación y archivo de la causa, ordenando la prosecución de la misma, en base a los fundamentos jurídicos y fácticos, señala la presentación de Fiscalía.



Los letrados bajo las órdenes del fiscal de Estado, Marcos Denett, señalan que Mauvecín menciona de manera desorganizada y sin ningún tipo de sistematicidad la figura de Peculado, sin explicitar claramente cuáles son los elementos del tipo penal que no se encuentran cumplimentados en el supuesto de hecho; lo que tampoco explicita en su burdo libelo.



También cuestionan el dictamen de Mauvecín porque refiere que los bienes presuntamente sustraídos tienen la característica de ser perecederos y no inventariables, y que su adquisición, uso y destino se realizó de conformidad a la finalidad previamente dispuesta, sin advertir los suscriptos que dichas referencias tengan connotación jurídica alguna, ya que las normas penales sustanciales no imponen estos requisitos para la configuración de los delitos en cuestión. Ni el Peculado; ni el Fraude, en perjuicio de la Administración Pública, exigen para su configuración la existencia de estos burdos e inexistentes requisitos, violentándose de tal manera principios elementales del derecho penal, como lo es el de legalidad, pudiendo calificar por ello al dictamen en crisis como de viciado de grave arbitrariedad e ilegalidad, interpretaron.







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