viernes 24 de julio de 2026

Ortiz informó sobre el 82% móvil a empleados de Rentas

El titular de la Administración General de Asuntos Previsionales, Carlos Ortiz, informó ayer a los empleados de la Administración General de Rentas sobre los alcances del régimen de Asignación Complementaria, 82% móvil, establecido por el Gobierno de la Provincia por decreto acuerdo 127/11, por el cual el beneficio se hace extensivo a todo el personal de la administración pública provincial y a jubilados y pensionados posteriores a julio de 1995, fecha en la que se transfirió la Caja Previsional. Asimismo, en el salón auditorium del hospital San Juan Bautista, se realizó una reunión de capacitación del personal de la AGAP a los fines de optimizar la atención al público.El funcionario explicó que a partir de marzo de 2011, con la creación de la Caja Complementaria Previsional, la Provincia amplió el 82% móvil alcanzando, además de los jubilados provinciales transferidos, a los jubilados y pensionados posteriores a julio de 1995 y a los empleados de la Administración Pública Provincial que gozarán del mismo en el momento de su jubilación.

Dicha asignación es complementaria a lo que percibe el pasivo por el beneficio otorgado en el marco de la Ley 24.241 y asegura el 82% del cargo que revestía el empleado estatal en el momento de obtener el beneficio.

Ortiz indicó que esto representa un incremento en el haber del jubilado actual y en el que percibirá el empleado público al momento de jubilarse. A modo de ejemplo, mencionó un caso testigo de un empleado en actividad que percibe un haber bruto de $5.000, quien al momento de jubilarse sin el beneficio del 82% móvil percibiría un haber mensual de $2.000, mientras que con la Asignación Complementaria, 82%, el monto sería $4.1000, es decir que la Caja Complementaria Previsional le aportaría $2.100 más en su haber mensual.

Asignación voluntaria

Como se informó, la adhesión a la Caja Complementaria es voluntaria. En el caso de que el empleado decida permanecer en el sistema no debe realizar ningún trámite. Pero, si su decisión es renunciar al mismo, debe concurrir a las oficinas de la AGAP, en República 393, de lunes a viernes, en el horario de 7 a 13 HS. y de 14 a 20:00 HS., donde deberá llenar el formulario correspondiente.

En el caso de que el agente no hubiera realizado el trámite de renuncia a la Asignación Complementaria, la incorporación es automática.

A partir de la prórroga establecida, los empleados del Poder Ejecutivo Provincial tienen plazo hasta fin de mes para renunciar o no al régimen. En el caso de los agentes de la Cámara de Senadores, cuerpo que adhirió a la medida el 4 de agosto pasado, pueden hacerlo hasta noviembre.El funcionario explicó que si un empleado renunció al régimen y luego decide adherir nuevamente, puede hacerlo libremente mientras dure el período de opción. Pasado el mismo, puede retornar, pero se le calculará la deuda correspondiente por los aportes no realizados desde el momento de la renuncia.Sistema solidarioLa Caja Complementaria se basa en un sistema solidario que se financia con el aporte del 3% mensual del Empleador, el 2% de los empleados en actividad calculado sobre la remuneración total (remunerativo y no remunerativo) y el 2% del beneficiario sobre el 82% determinado.

Se estima que en un plazo de 2 años, el jubilado termina de recuperar los aportes realizados durante su vida laboral.
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