Incorporan concepto en negro en el cálculo del 82%
También entran en la liquidación de la asignación, adicionales por tareas específicas pero remunerativos.
Por decreto, el Ejecutivo incluyó como parte de los conceptos a tomar en cuenta para liquidar la asignación complementaria del 82% móvil, el último aumento del 16% otorgado por el Gobierno a los activos en agosto de 2010 pero que, como no fue blanqueado, no había podido ser incorporado al cálculo de la movilidad. Sin embargo, el reclamo de los jubilados que pedían que se tomara en cuenta también este concepto llevó al Ejecutivo a tomar la decisión de incorporarlo en el pago de la movilidad.
Así surge del decreto 245 del 5 de abril pasado que dispone modificar el decreto 75 del 2007, reglamentario de la ley 5.192, que otorga el complemento móvil. Y ordena comenzar a aplicar esta nueva liquidación, retroactivo a febrero.
La decisión cobra importancia puesto que, por medio de este decreto, el Ejecutivo reconoce en el cálculo de la movilidad un concepto en negro. Textualmente, el inciso d del artículo 1 de la norma dice que en la base del cálculo para la determinación de la asignación, se incluirán los conceptos no remunerativos incluidos en el decreto acuerdo 1053, del 30 de agosto de 2010 y las normas emanadas de los poderes Legislativo y Judicial y municipalidades dictadas en consecuencia.
Fuentes de Hacienda confirmaron además que también se incorporaron al cálculo de la movilidad los adicionales por tareas específicas que el Gobierno incrementó a la mayoría de las reparticiones públicas en los últimos meses de 2010, sumando montos significativos a los haberes de los trabajadores.
Estos adicionales se tienen en cuenta en el cálculo del 82% móvil siempre que se trate de adicionales remunerativos y atinentes al cargo o función, pero no si se trata de adicionales al desempeño, que están vinculados al cumplimiento de cada trabajador.