El Estado comparte ganancias de los descuentos por planilla
Un porcentaje de lo que se descuenta a los empleados públicos queda para el Estado. Y resulta que es el Gobierno el encargado de hacer los controles.
Que los controles del Estado sobre las mutuales que acceden a los códigos de descuento sean exiguos podría tener una explicación en la relación económica que los vincula. Esto es una sociedad lícita entre mutuales y Estado a partir de que comparten ganancias de los descuentos que realizan por planilla a los empleados públicos.
Es que, mediante el decreto 1299/06 que pasó a reglamentar el nuevo régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Provincial, en el anexo 1 artículo N° 9 explicita que el 1% del total de lo que se descuente por planilla quedará para el Estado.
El mencionado artículo indica que la entidad que obtenga un código de descuento deberá abonar en forma mensual al Estado provincial, en concepto de servicios prestados, el uno por ciento (1%) mensual, calculado sobre el total de lo retenido, el que será deducido automáticamente de cada liquidación que realice la Tesorería General de la Provincia, o en su caso de los Servicios Administrativos, o Dirección de Administración de cada organismo liquidador. Exceptuase de dicho pago a las asociaciones sindicales.
En el caso de los sindicatos, que obtienen el código de descuento para la retención del 2% ó 3% de los haberes de sus afiliados al gremio, están amparados por la ley nacional N° 23.551 de Asociaciones Sindicales, que obliga a los empleadores a realizar los correspondientes descuentos por planilla y consecuente depósito de la totalidad de lo descontado. Por consiguiente, el Estado no puede quedarse con ningún porcentaje de las cuotas sindicales.
Pero no ocurre lo mismo con las mutuales, cooperativas y colegios profesionales, los cuales sólo perciben el 99% del descuento realizado por planilla a sus asociados, mientras que el otro 1% queda para el Estado.
Sin embargo, los diferentes organismos de Gobierno consultados por EL ANCASTI sobre el destino, utilización y manejo del 1% que se queda el Estado, pidieron explicar a dónde van a parar esos fondos. Tampoco brindaron información respecto de la totalidad de los descuentos por planilla que se hacen por mes en toda la Administración Pública, lo que daría una idea del volumen de dinero que obtiene el Estado por compartir ganancias con las mutuales, cooperativas o colegios profesionales por los descuentos por planilla.Circuito de la retenciónSiendo el Estado el encargado de autorizar los códigos de descuento, podría interpretarse que, a mayor cantidad de claves otorgadas, mejor performance tendrá su recaudación interna por servicios prestados.
Con la firma del convenio, previa aprobación de Asesoría General de la Gobernación, la mutual, sindicato, cooperativa o colegio profesional, obtiene el código por el cual se pueden realizar los descuentos por planilla.
Después, sólo hay que pasar por Tesorería General de la Provincia después del 20 de cada mes. Se retira el cheque de una oficina y sólo restar cruzar al Banco de la Nación para cobrarlo o depositarlo. CONTRATOPuntos del convenio ? El Gobierno efectuará las deducciones en los haberes de los empleados públicos de la Administración Pública Provincial, que la entidad determine, conforme a la información que periódicamente remita esta última.
? A efectos de poder practicar los descuentos correspondientes, la entidad remitirá mensualmente en soporte magnético y en papel, que contenga la información respecto de los beneficiarios, altas, bajas y/o modificaciones correspondientes, conforme al formato que indiquen los organismos liquidadores.
? Las partes dejan establecido que, dado que los descuentos se practican en base a la información suministrada por la entidad, el Gobierno no asume ninguna responsabilidad con relación a la procedencia o monto del descuento y, en consecuencia, no podrá reclamársele resarcimiento alguno por los daños que a la misma, a los beneficiarios y/o a terceros puedan eventualmente ocasionar los errores u omisiones en que se incurriere.
? La entidad asume la total responsabilidad civil y penal emergente de las deducciones que se practiquen en los haberes de los empleados por aplicación de este convenio, y se compromete a mantener indemne al Gobierno de los reclamos que, a este respecto, pudieran practicar aquellos, sus derechohabientes y/o terceros.