30 de marzo de 2010 - 00:00
Dos fallos de la Justicia autorizaron al Gobierno a usar las reservas del Central
Las salas IV y I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal habilitaron hoy la aplicación del decreto 298/10 que establece el uso de reservas del Banco Central para el pago de deuda, al derogar dos medidas cautelares contrarias suscriptas por la jueza de primera instancia Claudia Rodríguez Vidal.
El proceso abierto a raíz del primer decreto se consideró extinguido en el fallo del tribunal de apelaciones, ante lo cual la magistrada carecía de jurisdicción para entender en la presentación por el nuevo DNU y debió haberse iniciado una nueva causa judicial.
La medida cautelar no pudo ser solicitada y menos aún concedida en el ámbito de este proceso judicial ya extinguido, sino en otro autónomo, iniciado o a iniciarse, consideraron los camaristas Jorge Morán, Luis María Vázquez y Sergio Fernández.
El decreto 298/10 comporta de manera objetiva el dictado de un nuevo acto de gobierno en el marco del cual también se advierte una sustancial modificación respecto de las circunstancias de hecho bajo las cuales se dispuso la tutela preventiva anteriormente dictada, consideró el fallo.
Ante ello la petición cautelar debió ser presentada y articulada por los interesados como una petición nueva y autónoma en otra causa que debió haber ido a sorteo de nuevo magistrado, un hecho determinante de su nulidad.
Dos horas más tarde la sala I falló en el mismo sentido al hacer lugar a la apelación presentada por la Procuración del Tesoro de la Nación.
La discusión acerca de la validez de los decretos había motivado largos debates entre oficialistas y opositores que tuvieron epicentro en el Parlamento.
El decreto de necesidad y urgencia (DNU) 298/10 fue anunciado el 1 de marzo pasado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, durante la jornada inaugural del período de sesiones ordinarias del Congreso.
La medida dispone el uso de reservas de libre disponibilidad en poder del Banco Central -por un monto cercano a los 4.400 millones de dólares- para el pago de los compromisos con acreedores internacionales privados.
El decreto reemplazó a otra medida de carácter similar, la que creó el Fondo del Bicentenario -derogada por el Gobierno-, que comprendía también al pago de deuda con organismos multilaterales.
A diferencia del DNU anterior, el decreto 298/10 especifica el destino de los fondos y los títulos que serán rescatados a lo largo del corriente año.Fuente: Télam
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