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Hay 2 años de estabilidad laboral antes de retirarse

El personal civil de la administración pública provincial, que cumple con los requisitos para jubilarse, goza de dos años más de estabilidad laboral en el cargo. El Estado no podrá obligarlo a retirarse.
13 de mayo de 2009 - 00:00
Los empleados del Poder Ejecutivo provincial, en condiciones de jubilarse, tienen dos años más de estabilidad laboral en el cargo según lo reconoce el propio Estatuto para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial. Fuentes del Gobierno provincial admitieron que no podrán dejar cesantes a los agentes que tengan dos años más que la edad requerida para retirarse del Estado provincial. Es decir que las mujeres podrán continuar como agentes del Estado hasta los 62 años y los hombres hasta los 67.

Tanto Fiscalía de Estado como la Subsecretaría de Recursos Humanos entendieron que el Estatuto protege a los empleados encuadrados en la normativa y por tal motivo se disminuye la cantidad de administrativos que pueden ser obligados a retirarse del Estado Provincial bajo amenaza de cesantía. Hasta ayer las estimaciones indicaban que no serán más de 50 los agentes de la administración pública en condiciones de pasar a retiro. En cambio, se calcula que son más de 400 los docentes que reúnen los requisitos para despedirse de las escuelas.

El pasado 3 de abril, el Gobierno provincial emitió un decreto por el que todos los empleados públicos que cumplen los requisitos para jubilarse, conforme a las leyes nacionales 24.241 y 24.016, deberán iniciar los trámites para acogerse al beneficio. El plazo para comenzar las gestiones es de 90 días hábiles. En caso contrario, establece que los agentes quedarán cesantes en los cargos que ocupan.

Apenas conocido el decreto, distintos sectores se levantaron en contra de la medida del Ejecutivo Provincial.

A través de una acción de amparo, un grupo de docentes solicitó a la Justicia que dicte la medida de no innovar y, por tanto, frene la aplicación del decreto 255/09.

El amparo presentado cuestionaba el decreto oficial e invoca las garantías de estabilidad laboral que les caben a los empleados públicos, según la ley provincial 3.276 del Estatuto para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial.

Es que el artículo 18 de la ley 3.276 establece que la estabilidad laboral sólo se pierde al haber alcanzado el agente una edad superior en dos años a la mínima establecida para la jubilación ordinaria.

El argumento fue tomado en cuenta por el Ejecutivo provincial, pero aseguran que no será necesario modifica la norma porque en los considerandos del polémico decreto 255 ya se menciona que el agente pierde el derecho a la estabilidad cuando ha alcanzado una edad superior en dos años a la mínima establecida para la jubilación ordinaria. Cabe consignar que la ley fija que los hombres deben contar con 65 años de edad; 60 las mujeres y acreditar 30 años de servicios.

Los empleados en condiciones de retirarse ya comenzaron a presentar la documentación requerida ante la Oficina Provincial de Asuntos Previsionales. El plazo vence el 3 de julio.
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