13 de mayo de 2009 - 00:00
Hay 2 años de estabilidad laboral antes de retirarse
El personal civil de la administración pública provincial, que cumple con los requisitos para jubilarse, goza de dos años más de estabilidad laboral en el cargo. El Estado no podrá obligarlo a retirarse.
El amparo presentado cuestionaba el decreto oficial e invoca las garantías de estabilidad laboral que les caben a los empleados públicos, según la ley provincial 3.276 del Estatuto para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial.
Es que el artículo 18 de la ley 3.276 establece que la estabilidad laboral sólo se pierde al haber alcanzado el agente una edad superior en dos años a la mínima establecida para la jubilación ordinaria.
El argumento fue tomado en cuenta por el Ejecutivo provincial, pero aseguran que no será necesario modifica la norma porque en los considerandos del polémico decreto 255 ya se menciona que el agente pierde el derecho a la estabilidad cuando ha alcanzado una edad superior en dos años a la mínima establecida para la jubilación ordinaria. Cabe consignar que la ley fija que los hombres deben contar con 65 años de edad; 60 las mujeres y acreditar 30 años de servicios.
Los empleados en condiciones de retirarse ya comenzaron a presentar la documentación requerida ante la Oficina Provincial de Asuntos Previsionales. El plazo vence el 3 de julio.
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