Senado: aprueban salvataje de industrias por $ 4.000.000
Las empresas que entren en crisis podrán acceder a una ayuda económica del Estado provincial de carácter reintegrable. Y se prorrogará por el tiempo que dure la crisis el pago de los tributos y tasas provinciales.
La Cámara alta aprobó por unanimidad el proyecto de ley sobre programa de asistencia a empresas industriales y sus trabajadores en situación de crisis, a través del cual se creará un fondo especial de $ 4.000.000.
La iniciativa, que ingresó formalmente el miércoles a la Cámara alta, fue tratada sobre tablas en la sesión de ayer con el consentimiento de los tres bloques del Senado.
La ley tiene por objeto asistir a través de políticas activas a las empresas industriales de la Provincia afectadas por las condiciones desfavorables económica, financiera, operativas u otra causal que afecta el normal desarrollo de las actividades. Y proteger la fuente de trabajo ante posibles suspensiones o disminuciones de salarios por razones económicas o de otra índole a través de una ayuda económica excepcional y todo otro beneficio que tienda a la protección del obrero y su grupo familiar.
También se establece que la ayuda económica que brinde el Estado provincial será reintegrable, garantizado y ésta no podrá superar el 50% del salario mínimo, vital y móvil y por un período máximo de 6 meses.
Para esto, se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial (PEP) a realizar las modificaciones necesarias al Presupuesto para crear una partida de $ 4.000.000 que formará parte del fondo creado por la ley 5.238 de Promoción Económica e Incentivos Fiscales.
Además, se prorrogará por el tiempo que dure la crisis el pago de los tributos y tasas provinciales de la empresa comprometida en el presente régimen. Y el beneficio se extenderá a planes u otros convenios refinanciación de deudas vigentes.
Se faculta al PEP a través del Ministerio de Producción a dictar normas de carácter excepcional que: permitan dar prioridad a las empresas industriales en crisis como potenciales proveedoras del Estado provincial; flexibilicen los requisitos establecidos en las leyes provinciales N° 2.968 y 5.238 a los fines de obtener los beneficios promocionales; y posibiliten la reincorporación a los trabajadores despedidos, por motivos de crisis, al mercado laboral privado.