martes 9 de junio de 2026
Condena por violencia de género

Tratamiento psicológico y capacitación en "Ley Micaela"

En el Juzgado Correccional de Tercera Nominación se impuso una pena de un año de prisión en suspenso, a un acusado por “violación de domicilio”, desobediencia judicial” y “amenazas y daños”.

El juez Correccional de Tercera Nominación declaró culpable a un hombre en varios hechos cometidos en un contexto de violencia de género. El acusado respondió por los delitos de “violación de domicilio”, “desobediencia a una orden judicial”, “amenazas simples” y “daños”. En consecuencia, se le impuso una condena de un año de prisión en suspenso. Además, por falta de acusación fiscal, se absolvió del delito de “lesiones leves calificadas por mediar una relación de pareja”.

A la vez, el magistrado impuso pautas de conductas para el penado. Entre estas medidas, dispuso que el acusado, durante tres años, deberá cumplir someterse al cuidado del Patronato de Liberados; abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas y abstenerse de mantener cualquier tipo de contacto, tanto directo como indirecto, con la víctima así como también de acercarse a su domicilio a una distancia inferior a 300 metros. También ordenó que el penado realice un tratamiento psicológico conforme su necesidad y eficacia a los fines de evitar la reiteración de hechos como los que fueran materia de juzgamiento y realizar y acreditar la capacitación en violencia de género en el marco del dispositivo interinstitucional “Ley Micaela – Masculinidades en clave de cuidado”.

Otra condena

En otro orden, en el mismo Tribunal, el juez Correccional Herrera declaró culpable a un acusado por el delito de “violación de domicilio”. Por ello, deberá cumplir una pena de seis meses de prisión en suspenso. Al mismo tiempo, impuso pautas de conductas. Entre estas medidas, se estableció someterse al cuidado del Patronato de Liberados, abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas y abstenerse de mantener cualquier tipo de contacto, tanto directo o indirecto, con la víctima.

¿Qué es la Ley Micaela?

La Ley Nacional N° 27.499, popularmente conocida como “Ley Micaela” fue promulgada el 10 de enero de 2019. La normativa establece la capacitación obligatoria en género y prevención de violencias para todas las personas que integran los tres poderes del Estado —Ejecutivo, Legislativo y Judicial—, sin importar su nivel o jerarquía. Se llama así en conmemoración de Micaela García, una joven entrerriana de 21 años, militante del Movimiento Evita, que fue víctima de femicidio en manos de Sebastián Wagner.

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