martes 10 de febrero de 2026
"Hace ruido"

Siguen las críticas por el "acuerdo de partes" tras el atraco en Parque América

El acuerdo entre fue realizado ante el fiscal de la causa y consistió en pagos ante escribano a la víctima, Matías Exequiel Rolón Reynoso, procesado con prisión preventiva domiciliaria en el marco de la causa RT Inversiones

Víctor Quinteros, abogado y referente de la UCR, fue consultado por la polémica desatada tras el acuerdo entre víctimas y asaltantes en el caso conocido como “atraco en Parque América”, en la vivienda de la familia Rolón Reynoso.

Indicó que “esto que se denomina absoluciones pagas” con la extinción de la acción penal tomó vigencia “en una reforma que se hizo hace poco menos de 10 años en el Código Penal para que no se pueda seguir con el proceso penal”.

Explicó que son necesarias dos condiciones: “Una es la reparación integral de lo que se esté tratando, y otra es la conciliación”. En este sentido, notó que el precedente en la Justicia de Catamarca es peligroso.

“En este caso se habría acordado para que este proceso penal no continúe y termine con la absolución de las personas que estaban siendo investigados por un asalto que fue de características violentas, una banda, armas de fuego, en poblado, entonces, es lo que hace un poco de ruido. Se excusan en que no hay una reglamentación en la ley procesal correspondiente. Pero el propio Código Penal lo dice que se tienen que fijar en esas leyes procesales para aplicar este instituto de la extinción de la acción penal por estas dos causales”, especificó Quinteros.

“¿Qué sucede?, que la jurisprudencia en otros lugares lo ha ido resolviendo. No está resuelto en otras jurisdicciones tampoco. Acá lo importante de ver es, si hablamos del acuerdo entre víctima y victimario lo que hay que fijarse ante qué tipo de delitos se está, aunque la ley no lo dice todavía”.

Haciendo uso del sentido común marcó que “hay delitos que son violentos, más graves que otros, que tienen prevista una pena mayor, y en este caso es como que hace ruido el acordar con la víctima. En el caso de la reparación no sería tanto”, dijo.

Entonces, el antecedente abre una preocupación a futuro. “Hace ruido porque no se trataba de un delito de poca pena o poca monta. Se abre la preocupación de decir esto puede abrir un precedente de que cualquier delito, inclusive delitos muy graves, terminen de esta manera. Con lo cual el instituto se desvirtúa”.

Es que “cuando se extingue una pena se habla de impunidad, no hay aplicación de pena” por lo tanto “este concepto causa preocupación y la proporción de entre qué delitos se trata y este acuerdo”.

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