sábado 25 de enero de 2025
Un jurado popular en Belén lo había declarado culpable

Se fijó una condena de 11 años de prisión para un abusador

El Ministerio Público Fiscal había pedido una pena de 15 años. En tanto que la defensa había pedido seis años.

La semana pasada, un jurado popular de Belén declaró culpable a un hombre acusado de varios delitos contra la integridad sexual. El martes último, el juez director Jorge Palacios llevó a cabo la audiencia de cesura de pena. En la ocasión, el magistrado fijó una pena de 11 años de prisión.

Oportunamente, al acusado se le reprocharon los delitos de “abuso sexual con acceso carnal y corrupción de menores agravado por ser la víctima menor de trece años en concurso ideal”, “abuso sexual simple y corrupción de menores agravado por ser la víctima menor de trece años en concurso ideal (tres hechos), “abuso sexual con acceso carnal”, un hecho continuado y “corrupción de menores agravado por ser la víctima menor de trece años de edad en concurso ideal”. Por tratarse de delitos de instancia privada y a fin de resguardar a la víctima, el debate se desarrolló a puertas cerradas. El Salón Cultural Luis Franco se convirtió en la sala de audiencia. El jurado, integrado por 12 vecinos, lo halló culpable por los delitos de “abuso simple agravado por corrupción y abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa”.

Durante la audiencia de cesura, el fiscal Federico Maturano solicitó una pena de 15 años de prisión. A su turno, la querella, representada por el abogado Walther Falcone, solicitó una pena de siete años y seis meses de prisión. Finalmente, el abogado de la defensa, Juan Pablo Morales, peticionó una pena de seis años.

Este juicio popular se inició el martes de la semana pasada. Se seleccionó a los jurados en la audiencia de Voir Dire. Luego, las partes expusieron sus alegatos de apertura. El acusado se mantuvo en silencio. Por la tarde se continuó con una ronda de testigos.

De acuerdo con la agenda de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), se tiene previsto desarrollar este juicio popular durante dos jornadas más. Tras tres jornadas, el jueves, las partes expresaron sus conclusiones finales y el jurado pasó a deliberar.

Normativa

Ley Provincial 5719 de Juicio por Jurados estipula que serán competencia del sistema de juicios populares las causas cuyos imputados tengan en abstracto penas de 20 años o más de prisión o reclusión. Acusados por delitos sexuales agravados, homicidios (tentados y consumados) y los femicidios en particular podrán ser juzgados por un jurado popular. De acuerdo con la Ley, los juicios por jurados se realizan en el lugar (o circunscripción) donde se cometió el hecho. El objetivo es que los vecinos sean los que juzguen.

Según la normativa, las causas para ser juzgadas por jurados populares corresponden a hechos cometidos luego del 3 de diciembre de 2021 –cuando entró en vigencia la Ley- o cuya elevación a juicio es posterior a la entrada en vigencia de la legislación en cuestión.

Los jurados seleccionados no pueden negarse porque es un deber cívico. Es decir, una carga pública, como ir a votar. No obstante, solo podrán excusarse en situaciones muy particulares, como residir en el extranjero o si la persona tiene más de 70 años, entre otras cuestiones. De todos modos, las causales de excusación serán valoradas por el magistrado con criterio restrictivo. Será el juez o jueza quien hará lugar a la excusación.

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