El representante del Ministerio Público Fiscal ante el Juzgado Correccional N° 3, Víctor Figueroa, sostuvo la acusación en dos debates realizados contra hombres imputados por distintos hechos de violencia de género. En ambos casos, los acusados reconocieron los hechos atribuidos y fueron asistidos por el Defensor Oficial N° 3, Miguel Leiva.
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Pena en suspenso para dos violentos
Las audiencias se desarrollaron la semana pasada en la sala de audiencias del Juzgado Correccional N° 3. Ante la confesión de los imputados, tanto la Fiscalía como la defensa renunciaron a la producción de prueba y pasaron directamente a la etapa de alegatos. Tras escuchar a las partes, el juez Javier Herrera resolvió condenar a ambos imputados a la pena de un año de prisión en suspenso.
Por tratarse de causas vinculadas a violencia de género, los condenados no serán identificados en resguardo de las víctimas.
Primera condena
El imputado llegó a juicio acusado por los delitos de “violación de domicilio y desobediencia a una orden judicial”, en concurso ideal, y “coacción y daños”, todo en concurso real y en calidad de autor.
El hecho
La causa tuvo origen en un hecho ocurrido en agosto de 2023 en la localidad de San Isidro, departamento Valle Viejo, en un contexto de violencia de género y de incumplimiento de medidas judiciales de restricción previamente dispuestas.
Segunda condena
El imputado llegó a debate acusado por los delitos de “lesiones leves calificadas por mediar una relación de pareja” —dos hechos— y “amenazas simples”, todo en concurso real y en calidad de autor.
El hecho
La investigación estuvo vinculada a distintos episodios de violencia ocurridos entre el 24 y el 25 de noviembre de 2024 en la zona sur de la ciudad Capital, que derivaron en la imputación por lesiones y amenazas contra su expareja.
Reglas de conducta
En ambas condenas, el juez dispuso que los condenados se sometan al control y seguimiento del Patronato de Liberados, se abstengan de consumir estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas y no mantengan ningún tipo de contacto, directo o indirecto, con las víctimas.
Asimismo, les prohibió acercarse a menos de 300 metros de sus domicilios y ordenó la realización de tratamiento psicológico, de acuerdo con las necesidades de cada caso, con el objetivo de prevenir la reiteración de conductas violentas.
También deberán realizar y acreditar la capacitación en violencia de género prevista en el dispositivo interinstitucional “Ley Micaela – Masculinidades en clave de cuidado”.
Las condenas constituyen antecedentes computables para los condenados y el mantenimiento del beneficio de la prisión en suspenso estará sujeto al estricto cumplimiento de las reglas de conducta impuestas por el tribunal.