Abuso sexual en la infancia intrafamiliar

"La víctima no pudo contar con anterioridad lo que le hacía porque la amenazaba"

Estaba previsto un juicio por jurado pero el acusado, padre de la víctima, confesó. Fue condenado a 17 años. Se conocieron los fundamentos de la condena.
6 de julio de 2023 - 01:10

Era sólo una niña cuando fue abusada por primera vez. Luego, los ultrajes continuaron. Debieron pasar casi 25 años para que pudiera romper el silencio y denunciar, para poner un freno a su sufrimiento. El pasado 16 de junio, en la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Segunda Nominación, el acusado decidió confesar. Llegó imputado por el delito de “abuso sexual con acceso carnal continuado calificado por el vínculo”. Por la imputación que pesaba en su contra, el imputado iba a ser sometido a juicio por jurados pero, dada su confesión y por haber admitido su responsabilidad, se realizó un juicio abreviado.

El juez Miguel Lozano Gilyam había sido designado como juez director. El Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal del caso Laureano Contreras y el fiscal de Cámara, Augusto Barros. La defensa fue ejercida por la defensora Penal Oficial de Segunda Nominación, Florencia González Pinto. Con la confesión y la prueba que obraba en el expediente, el Ministerio Público Fiscal y la Defensa llegaron a un acuerdo: 17 años de prisión. El juez Lozano Gilyam declaró culpable al abusador y lo condenó a 17 años.

La víctima es hija del acusado. Su padre es, a la vez, padre de sus hijos-nietos. Durante la mayor parte de su vida sufrió ultrajes. Tiene un nombre, oculto tras las iniciales, en un expediente judicial, para protegerla a ella y a sus hijos. “Soledad” –nombre ficticio- tenía 11 años cuando fue abusada por primera vez por su padre. Junto con su familia, vivía en el interior profundo, en un paraje, con algunas casas; en esos lugares donde todos se conocen. Él aprovechó los momentos en que estaban solos, en la casa o en el campo para ultrajarla.

En noviembre de 2021, “Soledad” pudo romper el silencio, contar y denunciar a su padre. “Casi toda su vida vivió en esa localidad junto a su padre, su madre y su hermana. Todos sus hijos son fruto de los abusos sexuales por parte de su padre. Cuando su madre salía a trabajar en casa de familias vecinas, se quedaba sola con su padre y éste la obligaba a realizar las tareas del campo y era allí que aprovechaba para abusar sexualmente en reiteradas ocasiones. Los abusos fueron reiterados desde que ‘Soledad’ era una niña y hasta un año después que nació su último hijo”, en 2016, se detalló.

De acuerdo con la investigación, únicamente sus dos últimos embarazos fueron controlados por profesionales médicos. Los partos anteriores fueron atendidos por su madre, en la misma casa donde vivían.

“Su padre siempre la amenazó y le pegó, al punto que cuando llegaba tarde de la escuela le pegaba o cuando se resistía para que no la abusara también le pegaba. En una ocasión, le pegó con un látigo. Las últimas veces, su padre la amenazó con quemar la casa. También le dijo que si llegaba a hacer algo en contra de él la mataría”, se advirtió.

Según pasaban los años, cuando “Soledad” era mayor de edad, logró poner en palabras los graves abusos sufridos a manos de su padre. Así, pudo realizar la denuncia penal en contra del imputado. “Soledad” pudo contar circunstancias de tiempo, modo y lugar de los abusos. “Demuestran la sinceridad de su testimonio”, valoró el magistrado en los fundamentos.

El juez Lozano Gilyam creyó a “Soledad”; su versión de los hechos, de manera clara y circunstanciada, resultó creíble. “Ha quedado claro que, por los hechos de violencia vividos, la víctima no pudo contar con anterioridad lo que el acusado le hacía porque la amenazaba con quemar la casa y con matarla, causándole mucho temor ya que creía en sus palabras”, precisó.

Un delito que se debe denunciar

En octubre de 2018, tras una modificación en el artículo 72 del Código Penal Argentino (CPA) se convierte en carácter de orden público los delitos sexuales contra chicos y chicas. De esta manera, la acción ante la Justicia podrá ser iniciada por cualquier persona y el Estado, a través de los fiscales, estará obligado a llevar adelante las investigaciones correspondientes. Es decir, se elimina el requisito de la denuncia de los representantes legales del niño, niña o adolescente como condición para proceder.

La Línea 102 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes funciona las 24 horas, los 365 días. A la vez, el Servicio Local de Capital de Promoción y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes cuenta con la línea 3834 606915.

El abuso sexual en la infancia (ASI) es una de las formas de violencia más extrema que niños, niñas y adolescentes pueden sufrir. La gran mayoría de los abusos sexuales son intrafamiliares: padre, abuelo, hermano, tío o primo son los principales sospechosos.

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