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Medida

La Justicia suspendió dos artículos clave de la reforma laboral que habilitaban el pago en cuotas de las sentencias laborales

El juez federal Martín Cormick hizo lugar a una medida cautelar impulsada por colegios de abogados de todo el país y frenó por tres meses los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802 de reforma laboral.

15 de octubre de 2026 - 13:18

La Justicia federal dispuso la suspensión de dos artículos de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei, al hacer lugar a una medida cautelar presentada por colegios de abogados de distintas provincias. La decisión fue dictada por el juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11, quien ordenó suspender por tres meses los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802 y restablecer, durante ese período, la aplicación de las disposiciones anteriores de la Ley de Contrato de Trabajo.

La presentación fue promovida por el Colegio de Abogados de Villa María, Córdoba, con el patrocinio del abogado Alberto Spota, y a ella se sumaron entidades de Córdoba, Corrientes, Misiones, Río Negro, Chaco, Santa Fe, Salta, Chubut, Neuquén, La Pampa, Catamarca y Tierra del Fuego, entre otras jurisdicciones. En paralelo, el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF), que preside Ricardo Gil Lavedra, también había presentado una acción de amparo colectivo contra el Estado Nacional para que se declare la inconstitucionalidad parcial de la reforma.

El planteo apuntaba a dos aspectos centrales de la reforma. Por un lado, el artículo 10, que modificó el artículo 20 de la Ley de Contrato de Trabajo e introdujo un criterio objetivo para determinar la denominada pluspetición inexcusable: cuando existiera una sobreestimación de los créditos reclamados, las costas judiciales debían ser soportadas solidariamente por el trabajador y su abogado. Por el otro, el artículo 56, que habilitó el pago en cuotas de las sentencias laborales, hasta seis cuotas para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas, y estableció un tope del 25% del monto de condena para el pago de costas procesales, honorarios incluidos.

En su resolución, el juez Cormick sostuvo que el párrafo incorporado por la reforma «carece de claridad en su redacción», una circunstancia que, a su entender, justifica la suspensión cautelar de la norma. El magistrado recordó que el principio general en los juicios laborales es la gratuidad para el trabajador y señaló que la pluspetición inexcusable constituye una excepción que requiere un análisis cuidadoso de las circunstancias del caso. «Solo el juez del proceso, analizando la conducta del actor y su letrado, podrá verificar la existencia de una ‘responsabilidad subjetiva'», afirmó, vinculada con la culpa, el dolo o la negligencia.

El fallo también advirtió sobre el riesgo de que los abogados deban responder con su patrimonio propio por reclamos considerados excesivos, sin que se analice su conducta. Para el juez, la modificación introduce un criterio que puede generar dudas sobre la forma en que deben plantearse los reclamos laborales y sobre las consecuencias económicas que podrían afrontar los profesionales. La medida tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva o por un plazo de tres meses, lo que ocurra primero.

La decisión de Cormick se suma a una serie de fallos cruzados que mantienen a la reforma laboral en un limbo judicial desde su sanción. La suspensión de los artículos 10 y 56 constituye un nuevo capítulo en esa disputa y un respiro para los abogados laboralistas, que habían advertido que las modificaciones comprometían el derecho a trabajar, el derecho de propiedad y la igualdad ante la ley.

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