ver más
La criptoestafa || Deben dictarse nuevas medidas cautelares

La Cámara Federal ratificó el procesamiento de Cabello y sus socios de Beta Bank

23 de mayo de 2026 - 00:10

La Cámara Federal de Tucumán revocó la falta de mérito que el juez federal Miguel Contreras había dictado sobre Esteban Cabello, Juan Manuel Casado Tolosa, Luis Emilio Marchetti, Antonio Vargiú y Pablo Vargiú y ordenó el procesamiento de todos ellos por el delito de estafa con relación a la constitución del fondo fiduciario "Selenium", al que conformaron como una herramienta para vaciar el patrimonio de la criptofinanciera Beta Investment SRL, conocida como Beta Bank.

El fallo lleva la firma de los jueces Marina Cossio, Ricardo Sanjuan, Fernando Luis Povina, Patricia Marcela Moltini y Mario Rodolfo Leal; y el secretario Lionel Aramayo. Allí consideraron que el juez Contreras deberá pronunciarse sobre las medidas cautelares que considere correspondientes.

En junio de 2024, Contreras procesó a Cabello, Casado Tolosa y José Daniel Carrizo por considerarlos presuntos coautores de los delitos de intermediación financiera y estafa, en concurso real con asociación ilítica; pero señaló que no había méritos para procesarlos por lavado de activos. En la misma resolución, el juez dictó la falta de mérito en un segundo hecho, en el que se los acusaba de administración infiel del fideicomiso "Selenium", además de trabar embargos. Esta resolución fue apelada oportunamente por los abogados de los involucrados y por el fiscal federal Santos Reynoso.

El fiscal cuestionó la falta de mérito en el hecho vinculado a la creación de "Selenium", al señalar que no había sido creado para mitigar el perjuicio de los inversores como había señalado el juez Contreras, sino que consideró que se había creado "con la clara intención" de seguir dilatando la devolución del dinero aportado. De hecho, se había creado luego de que la financiera entrara en "cesación de pagos". Esa falta de mérito beneficiaba a Cabello, Carrizo, Casado Tolosa, Antonio Vargiú y Pablo Vargiú.

Por su parte, la defensa de Carrizo, coimputado en el delito de intermediación financiera, apeló su procesamiento al considerar que cumplía funciones técnicas "vinculadas al mantenimiento de equipos informáticos utilizados para el minado de criptomonedas" y que no participaba de las decisiones comerciales o financieras de Beta Investment.

La defensa de Marchetti planteó, por su parte, que no correspondía su procesamiento ya que este era un inversor y acreedor, y no un integrante de la sociedad.

La defensa de Cabello no presentó oposición alguna. Su procesamiento está basado en su rol como socio fundador y directivo de Beta Investment y en la ejecución de una serie de maniobras delictivas coordinadas junto a los otros imputados.

En relación con la intermediación financiera no autorizada, la Justicia consideró que correspondía este encuadre al acreditar que la firma captaba ahorros en pesos y dólares prometiendo rentabilidades extraordinarias (por ejemplo, del 25 o 30% mensual) vinculadas a la supuesta minería de criptomonedas. Sin embargo, la empresa no contaba con la autorización del Banco Central (BCRA) ni de la Comisión Nacional de Valores (CNV) para realizar dichas actividades. En este sentido, se explicó que la fallida financiera era en realidad un esquema defraudatorio conocido como "Ponzi" o "piramidal": los fondos captados no se destinaban íntegramente a la inversión prometida, sino que se utilizaban para pagar intereses a inversores anteriores y mantener la liquidez de la maniobra.

La financiera

Los dueños de Beta Investiment SRL eran el comerciante Esteban Cabello, el publicista José Carrizo y el kinesiólogo Juan Manuel Casado Tolosa, que fueron procesados con prisión preventiva por el juez federal Miguel Ángel Contreras el 5 de junio de 2024, en base a pruebas ofrecidas por el fiscal Santos Reynoso.

Para la Fiscalía, “se desprende en forma clara y precisa que a través de la empresa denominada Beta Investiment SRL, (Cabello, Carrizo y Casado Tolosa) realizaban supuestas actividades de intermediación financiera, operando en el mercado de monedas virtuales sin contar, aparentemente, con la autorización emitida por la autoridad de supervisión competente”. Además, a cada uno de ellos se le trabó embargo preventivo por 300 millones de pesos.

El comerciante Luis Emilio Marchetti había sido procesado pero sin prisión preventiva, con un embargo por 200 millones de pesos.

El fideicomiso "Selenium", una herramienta de vaciamiento

En la apelación, el fiscal Santos Reynoso consideró que el fideicomiso Selenium había sido creado para dilatar los pagos y no como una herramienta para reparar el perjuicio económico de los ahorristas. Los jueces coincidieron en que "Selenium habría nacido con la clara intención de seguir dilatando la devolución del dinero aportado, convirtiéndose en una especie de novación".

Según se precisó en la investigación, los ahorristas empezaron a advertir la cesación de pagos de Beta Investment entre febrero y marzo de 2022. El 14 de marzo de 2022, Luis Emilio Marchetti, Antonio Vargiú y Pablo Vargiú constituyeron el contrato de fideicomiso de "Selenium" como fiduciantes originarios, designando a Juan Manuel Casado Tolosa como fiduciario. Nueve días después, el 23 de marzo de 2022, Beta Investment, representada por Cabello, se sumó como "fiduciante adherente", aportando 12.220.378 de USDT (criptomoneda equivalente al dólar) que pertenecían a los ahorristas. Como contraprestación, el fideicomiso entregó a la empresa 12.000.000 de "Tokens Selenium", que representaban una promesa de rentabilidad futura vinculada a un supuesto proyecto de minería de criptomonedas en una granja en Paraguay.

Constituido Selenium, invitaron a firmar a los inversores "actas acuerdo" donde aceptaban que sus créditos originales fueran sustituidos por la participación en este fideicomiso, perdiendo la validez de sus pagarés y contratos anteriores.

El fiscal y los jueces determinaron que el fideicomiso fue creado con la intención clara de postergar el reintegro de los fondos aportados por los ahorristas. "Esta operación convirtió a los acreedores en supuestos propietarios de bienes no hallados en Paraguay, con la finalidad de que se cobraran con ellos sus propias acreencias, lo que no ha ocurrido hasta la fecha", remarcaron.

En ese sentido, consideraron que el fideicomiso se utilizó para trasladar los activos de Beta Investment S.R.L. hacia esa figura fiduciaria, con el fin de "sustraer bienes del patrimonio de la sociedad e impedir que los acreedores pudieran cobrarse", y con esto "se engañó nuevamente a los inversores al prometerles pagos mediante un sistema abstracto de tokens que carecía de respaldo material o de una plataforma operativa real".

Además, recriminaron que Selenium se usó para dar un supuesto ropaje jurídico legítimo a lo que en realidad era una maniobra para que los acreedores se convirtieran, según el fiscal, en "deudores de su propio crédito".

Temas
Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar