No es la primera vez que un hombre es ultimado en un motel de la ruta provincial Nº 1. El 21 de julio de 2016 en el motel Oasis, Jorge Mauricio Herrera fue ultimado de varias puñaladas. Por este crimen, en octubre de 2017 la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Tercera Nominación halló culpable a Ángel Ariel Leguizamón y a su pareja por el delito de “homicidio calificado por alevosía”. Ambos fueron condenados a prisión perpetua.
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"Es el crimen del cobarde y traidor"
De acuerdo con la fundamentación de la sentencia, los jueces Patricia Olmi, Jorge Palacios y Marcelo Soria destacaron que el homicidio debe agravarse por el modo de ejecución del hecho: “Es el crimen del cobarde y traidor. Así fue el modo que los victimarios escogieron intencionalmente para matar a Jorge Mauricio Herrera”.
Se detalló que los imputados predestinaron su conducta delictiva para actuar sin peligro dada la reacción de la víctima. La mujer aprovechó la confianza de la víctima, en virtud de la relación amorosa que tuvieron, y procedió a engañarlo. De esta manera, ocultó la intención de homicida. “Ambos imputados fueron cobardes y traidores en su accionar, toda vez que se arremetió contra una persona indefensa, engañada en su buena fe, sorprendida y que no portaba ningún elemento como para defenderse, por lo que lo considero con un alto grado de peligrosidad criminal”, se describió.
Para la Cámara, los acusados demostraron “peligrosidad criminal”, tal lo indicaron “con certeza” las pruebas. Las pruebas encontradas en el domicilio de la pareja –indumentaria manchada con sangre, una gota de sangre, dos pares de guantes de látex, entre otros elementos-, la conclusión de las muestras que se determinó que el perfil genético obtenido coincide con la víctima Jorge Mauricio Herrera y las huellas de Leguizamón en el auto de la víctima constituyen una firma del culpable.
Los camaristas señalaron que los imputados, al momento de ejercer su defensa material, reconocieron tener participación en el crimen, “realizando manifestaciones útiles para su defensa intentado excluir la culpabilidad en el caso de Ferreyra, y por su parte Leguizamón atenuar su responsabilidad penal.
Los camaristas remarcaron que después de cometer el asesinato, ya en su domicilio intentaron deshacerse de las cosas pertenecientes de la víctima con el claro objeto de eludir el accionar de la Justicia, “cosa que no ocurrió, por la rápida y pronta diligencia de la Justicia y de la Policía de la Provincia por esclarecer el hecho e individualizar a sus autores”.
Absuelta
En agosto de 2018, la Corte de Justicia de Catamarca absolvió a la mujer condenada por este crimen. La defensora Penal Oficial Mariana Vera había presentado el recurso de casación ante la Corte de Justicia. La defensora había puesto énfasis en que su defendida estaba sola en la provincia con sus hijos. Recordó el testimonio de la joven, “cuando señaló que después de que Leguizamón mató a Herrera volvieron caminando a su casa, vieron que se aproximaba un móvil policial y Leguizamón le dijo que siguiera caminando y él se escondió. Ella así lo hizo, él se lo ordenó, él se escondió y ella no. Ella obedecía", recalcó la defensora. También destacó que la joven actuó coaccionada porque estaba violentada por su pareja. “Desde siempre fue así y desde el primer momento ella lo manifestó. Por ello tenían defensores distintos porque entre ellos había intereses contrapuestos desde un principio”, advirtió. Para la Corte catamarqueña, la joven “era víctima de violencia de género y se encontraba inmersa en un círculo de violencia del que no podía salir, pese a haberlo intentado en distintas oportunidades, conforme quedó acreditado con la denuncia formulada en contra de su concubino. Allí dejó constancia de que su relación con Leguizamón finalizó hace cinco meses, porque es una persona muy agresiva, que le pegó en varias oportunidades. También pone de resalto distintos episodios de violencia vividos, que la corrió de su casa, que no le quería dar a sus tres hijos”, resaltó la ministra Vilma Molina, quien fundamentó el voto, al cual adhirieron sus padres José Cáceres, Amelia Sesto de Leiva y Raúl Cippitelli.