En Catamarca ya se realizaron 10 juicios por jurados
Hubo ocho veredictos de culpabilidad y en siete juicios, los acusados fueron hallados culpables según la teoría de la Fiscalía.
En diciembre de 2021, entró en vigencia la Ley 5719 de Juicios por Jurados. Entre octubre de 2022 y agosto, en la provincia se realizó una decena de juicios populares. La Oficina de Gestión de Audiencia (OGA) del Poder Judicial está cargo de coordinar estos debates. Fuentes judiciales indicaron que entre octubre de 2022 y los primeros días de agosto, hubo ocho veredictos de culpabilidad. De éstos, siete fueron por el delito que sostenía la Fiscalía en su teoría del caso y uno por el delito menor incluido por el juez director en sus instrucciones finales. Solo hubo un veredicto de no culpable y otro con jurado estanco (es decir, no se llegó a la unanimidad requerida).
Desde la entrada en vigencia de la Ley, se sortearon dos padrones de potenciales jurados. Fueron sorteadas 4000 personas, de acuerdo con la terminación de DNI. De ellas, 720 fueron escogidas para participar en las 10 audiencias de selección de jurados realizadas. De acuerdo con la normativa, el jurado está integrado por 12 titulares y, como mínimo, dos suplentes. El jurado está integrado con paridad de género, es decir, lo componen hombres y mujeres en partes iguales. Es así que 156 ciudadanas y ciudadanos catamarqueños tuvieron la responsabilidad de juzgar a 16 personas que llegaron acusadas por diferentes delitos.
Al respecto, se detalló que tres acusados respondieron como autores del delito de homicidio; tres, como partícipes secundarios del delito de homicidio, ocho como autores del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado y dos por el delito de abuso sexual simple agravado.
En el marco de estos juicios populares, participaron ocho jueces directores diferentes -dos de los cuales pertenecen al Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil-, 18 fiscales, 13 abogados defensores (11 particulares y dos oficiales) y cuatro querellantes particulares. De los 10 debates, nueve se realizaron en la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en Capital, y uno en la Sexta Circunscripción, en La Paz. Además, debido a que el sistema judicial catamarqueño lo permite, en dos ocasiones fueron juzgados adolescentes punibles. De esta manera, Catamarca se convirtió en la primera provincia en implementar el procedimiento a imputados menores de 18 años en conflicto con la Ley Penal.
Encuesta
Desde la OGA se considera que hay un pronóstico favorable de la implementación del procedimiento. Ello se refleja en las estadísticas que surgen de las mismas encuestas que se les realiza a los ciudadanos que participaron como jurados. En detalle, se indicó que casi el 95,5% de los encuestados consideran que su experiencia en el sistema fue positiva; el 73% indicó que luego de participar en un juicio por jurado la imagen del Poder Judicial mejoró y, para solo un 0,6%, la imagen del Poder Judicial empeoró. Estos indicadores se manifiestan a su vez en el trabajo que hace la Oficina de Gestión de Audiencias al momento de convocar a los potenciales jurados, quienes responden positivamente a dicha citación, con un número relativamente bajo de personas que, habiendo sido ubicadas, no se presentan.
En agenda
Para el segundo semestre del año, la OGA tiene previsto realizar 14 audiencias de Voir Dire –selección de jurados- y posterior debate. En agenda, se hallan causas con repercusión social. “Los veredictos populares son testimonios de personas comprometidas con el rol que les asigna la ley. Hoy la Justicia se afianza con el sentido más importante de todos, el sentido común”, se expresó desde la OGA.
Ley 5719
A tener en cuenta
Los jurados seleccionados no pueden negarse porque es un deber cívico. Es una carga pública, como ir a votar. No obstante, solo podrán excusarse en situaciones muy particulares, como residir en el extranjero o si la persona tiene más de 70 años, entre otras cuestiones. De todos modos, será el juez o jueza quien hará lugar a la excusación.
En caso de que el jurado no asista, puede ser buscado por la Policía y sancionado con una multa. Si el día de la audiencia, ocurre un imprevisto, el jurado debe avisar por cualquier medio (telefónico, correo electrónico o por una tercera persona) a la OGA que no podrá asistir. Las causas de inasistencia serán evaluadas.
Bajo ninguna circunstancia un empleador puede impedir que el jurado concurra al juicio. Asistir al juicio es una carga pública y el empleador no puede alegar ninguna razón para impedir que asistas. Tampoco es causal de despido. Al ser una carga pública la inasistencia al trabajo se encuentra justificada. En caso de que el jurado necesite probar que fue al juicio es recomendable que pida un certificado a la autoridad judicial que demuestre la cantidad de horas y/o días que participó como jurado. El empleador tampoco puede obligar a recuperar las horas de trabajo ni exigir que el jurado pida algún tipo de licencia, como las vacaciones, mientras dure el juicio.